INICIATIVAS PRESENTADAS
EN LA LXII LEGISLATURA TURNADAS A COMISIÓN
SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

INICIATIVA TURNO A COMISIÓN SINOPSIS TRÁMITE
1   Proyecto de decreto por el que se crea el Instituto Cultural Octavio Paz.


Proponente: González Carrillo Adriana (PAN)

Suscrita el Dip. Ricardo Anaya Cortés (PAN) y por las Senadoras Gabriela Cuevas Barrón y Laura Angélica Rojas Hernández (PAN)
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Cultura y Cinematografía
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto otorgar una herramienta al Poder Ejecutivo Federal que permita instrumentar y coordinar la política de diplomacia cultural. Crear el Instituto Cultural Octavio Paz, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Relaciones Exteriores, encargado de conducir la diplomacia cultural, además de promover y difundir los elementos de identidad, idiosincrasia, tradición, costumbres y estilos de vida de nuestro país. Establecer diversas disposiciones relacionadas con el funcionamiento de dicho Instituto, así como del financiamiento de la diplomacia cultural y del Fondo Nacional para la diplomacia cultural. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
2   Proyecto de decreto que reforma los artículos 3 y 4 de la Ley General de Educación.


Proponente: Núñez Aguilar Ernesto (PVEM)


Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Actualizar la legislación con el objeto de incluir la educación ¿media superior¿, respecto a la obligación que tiene el Estado de prestar servicios educativos contemplada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
3   Proyecto de decreto por el que se crea el Fideicomiso Público para la Defensa y Protección de los Defraudados por Cajas de Ahorro en el país.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de constituir un fideicomiso con la finalidad de otorgar un apoyo social a las víctimas de fraudes financieros suscitados en las entidades federativas del país, por parte de sociedades financieras y de servicios. Se establece que el Fondo Público para la Defensa y Protección de los Defraudados por Cajas de Ahorro en el país, será el patrimonio administrado por el Fideicomiso, y se constituirá por una aportación inicial del Gobierno Federal de $2,000,000,000.00; los recursos que se aprueben en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 y en los años subsecuentes; los productos que se generen por la inversión y administración de los recursos y bienes con que cuente dicho Fondo; entre otros. Se establecen diversas facultades que tendrá el Comité Técnico del Fideicomiso. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
4   Proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Beristain Navarrete Luz María (Senadores)


Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar el porcentaje en la deducción de los consumos en restaurantes, pasando de ¿87.5%¿ a ¿65%¿. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
5   Proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Derechos.


Proponente: Sosa Govea Martha Leticia (PAN)

Suscrita por el Dip. Carlos Alberto García González (PAN)
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar al municipio de Manzanillo, Estado de Colima, en la Zona Tarifaría VII, para el pago del derecho por el uso, goce o aprovechamiento de las playas, la zona federal marítimo terrestre, y los terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito de aguas marítimas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
6   Proyecto de decreto que reforman los artículos 41, 115, 116 y 122 y se derogan los dos últimos párrafos de la fracción V del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Eliminar de los fines que tienen los partidos políticos, la promoción de la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público. Modificar el nombre del ¿Instituto Federal Electoral¿ por el de ¿Instituto Nacional Electoral¿. Establecer que el Instituto Nacional Electoral será la única autoridad electoral y de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
7   Proyecto de decreto que reforma los artículos 61 y 117 de la Ley de Instituciones de Crédito y el artículo 52 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.


Proponente: Hernández Morales Mirna Esmeralda (PRI)

Suscrita por el Dip. Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI)
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las instituciones de crédito están obligadas a informar permanentemente a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, sobre el registro de beneficiarios de cuentas que no tengan fecha de vencimiento o que se renueven automáticamente y de transferencias o inversiones vencidas y no reclamadas, para facilitar el acceso a los recursos por parte de los beneficiarios o bien llegar a la determinación de enviarlos a la beneficencia pública. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
8   Proyecto de decreto por el que se modifica y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Diversos diputados del Grupo Parlamentario del PRI
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Justicia
Calificar como delito grave al que dolosamente interfiera las comunicaciones telegráficas, telefónicas o satelitales, por medio de las cuales se transfieran señales de audio, video o datos, así como al robo de energía eléctrica, magnética, electromagnética, de cualquier fluido, o de cualquier medio de transmisión. Desechada (art. 89)
con fecha 15-Julio-2013



Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
9   Proyecto de decreto que reforma el párrafo octavo del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diversos diputados integrantes de la Comisión de Derechos de la Niñez
Fecha de presentación: 8-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Considerar como derecho de los niños y las niñas contar con una identidad, a través de su nombre, origen familiar, lugar y la fecha de nacimiento, que se hará constar en el acta de nacimiento correspondiente, la cual deberá ser universal, gratuita y oportuna. Prever como obligación de los ascendientes, tutores y custodios, registrar de forma inmediata el nacimiento de la niña o el niño. Pendiente


Publicación en Gaceta: 14-Mayo-2013
10   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros: facultar a la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras para emitir recomendaciones a estas instituciones y hacerlas del conocimiento de sus organismos o asociaciones gremiales y el público en general; regular los contratos de adhesión y comprobantes de operaciones, vigilando que no contengan cláusulas abusivas; e impedir la difusión de información errónea de las Instituciones Financieras. Prever que la CONDUSEF podrá establecer disposiciones secundarias para definir las actividades de ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros. Crear el Sistema Arbitral en Materia Financiera, a través del cual las Instituciones Financieras podrán otorgar al usuario la facilidad de solucionar mediante arbitraje controversias sobre operaciones y servicios; y la integración del comité especializado en materia financiera, con representantes de la CONDUSEF, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Reducir los plazos establecidos en el proceso de conciliación y fortalecer el alcance del dictamen técnico para dotarlo, en los casos que proceda, con las características de título ejecutivo. Crear el Buró de Entidades Financieras, que contenga información relevante para los usuarios acerca del desempeño de éstas en la prestación de servicios.
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros: obligar a las sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, a registrar ante la CONDUSEF las comisiones que cobran por los servicios de pago y créditos. Permitir a los usuarios, transferir sus créditos a otra entidad financiera. Prohibir a las entidades financieras condicionar la contratación de operaciones o servicios financieros a la contratación de otra operación o servicio.
Ley de Instituciones de Crédito: obligar a las instituciones de crédito a cancelar las operaciones pasivas a solicitud del cliente, en un máximo de tres días hábiles y dar a conocer a la institución encargada de realizar los trámites de terminación, la información necesaria para ello.
Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores: ampliar el plazo de los créditos que otorgue el Instituto. Eliminar el supuesto de no endeudamiento en el cierre fiscal del Instituto en el caso de las garantías y financiamientos que éste otorgue.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
11   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer que las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades Financieras Comunitarias y las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán contratar con terceros la prestación de los servicios necesarios para su operación, de conformidad con las disposiciones que emita la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como explicitar los elementos que dichas disposiciones deberán contener. Establecer que las operaciones que lleven a cabo los comisionistas deberán realizarse a nombre y por cuenta de las Sociedades Financieras Populares, asimismo, prever que éstas responderán por las operaciones que los comisionistas celebren por cuenta de dichas Sociedades. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectuar actos de supervisión, inspección y vigilancia respecto de los prestadores de servicios o comisionistas que las Sociedades Financieras Populares contraten, así como a practicar inspecciones a terceros o bien, ordenar a las sociedades realizar auditorías a dichos terceros. Establecer que, cuando se incumplan determinadas disposiciones legales o pueda verse afectada la operación de la Sociedad Financiera Popular o en protección de los intereses del público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo derecho de audiencia de aquélla, podrá ordenar la suspensión parcial o total, temporal o definitiva, de la prestación de los servicios o comisiones. Establecer las prohibiciones que tiene la persona que auxilie a los clientes de las Sociedades Financieras Populares en la realización de operaciones propias de éstas. Establecer que las Sociedades Financieras Populares que acuerden con algún tercero la recepción masiva de recursos en efectivo, deberán celebrar con dichos terceros, un contrato de comisión mercantil. Impulsar el desarrollo del sector de ahorro y crédito popular, en especial el concerniente a las Sociedades Financieras Populares, las Sociedades Financieras Comunitarias y las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, mediante la incorporación de mecanismos que les permitan ampliar su cobertura y participar de mejor forma en las acciones de inclusión financiera. Establecer límites individuales y agregados a las operaciones que se realicen a través de los comisionistas. Establecer que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores puede solicitar a los prestadores de servicios, por conducto de las Sociedades Financieras Populares, de las Sociedades Financieras Comunitarias y de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, información y documentación respecto de los servicios que provean, así como realizar visitas de inspección y decretar las medidas que estime necesarias para asegurar la continuidad de los servicios que las Sociedades proporcionan. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para efectuar actos de supervisión respecto de los prestadores de servicios o comisionistas que las Sociedades contraten. Explicitar los requisitos que deberán incluir las publicaciones que haga la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en su página de Internet, respecto de las sanciones que imponga a las entidades de ahorro y crédito popular, por infracciones a la Ley. En materia de sanciones, crear programas de autocorrección con la finalidad de subsanar infracciones no graves a la Ley, y Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para abstenerse de imponer las sanciones correspondientes, cuando los hechos, actos u omisiones de que se trate no revistan gravedad, no haya reincidencia y no constituyan un delito. Calificar expresamente las conductas o infracciones graves, a efecto de evitar discrecionalidad por parte de la autoridad al momento de imponer sanciones. Reforzar el sistema de intercambio de información de las autoridades financieras nacionales entre sí y con autoridades financieras del exterior en ciertos supuestos y bajo el principio de reciprocidad. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
12   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Uniones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer que las operaciones con personas relacionadas, sean sometidas a la aprobación previa del Comité de Crédito, y una vez aprobadas por el Consejo de Administración, se presente a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores copia del acuerdo certificado por el Secretario del Consejo, informando de los términos en que fueron autorizadas. Prever que tratándose de operaciones por montos inferiores al equivalente en moneda nacional a quinientas mil unidades de inversión (UDIS) o el 5% del capital pagado de la unión de que se trate, éstas podrán ser autorizadas por el Comité de Crédito, debiendo informarse al Consejo de Administración sobre su celebración, así como a la asamblea ordinaria de accionistas. Modificar la limitación que tienen familiares hasta el cuarto grado de parentesco para obtener financiamiento. Establecer que las operaciones con partes relacionadas por un monto igual o menor al equivalente en moneda nacional a dos millones de UDIS, podrán ser autorizadas por un Comité de Crédito, cuya única función sea la de análisis y decisión de estas operaciones. Prever la capitalización de las Uniones de Crédito, a través de la emisión y suscripción de acciones preferentes hasta por un monto equivalente al 25% del capital ordinario. Homologar el régimen de la Ley de Uniones de Crédito con el de las diversas leyes financieras, a fin de definir de manera clara y precisa la prohibición general respecto de la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de entidades financieras en México. Adicionar el concepto de experiencia empresarial al perfil de conocimientos necesarios para participar en el Consejo de Administración de las Uniones de Crédito. Prever que el Comité de Auditoría que asista con carácter consultivo al Consejo de Administración, deba ser presidido por un consejero independiente. Incluir en el catálogo de operaciones permitidas a las Uniones de Crédito, el arrendamiento puro de activos. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para solicitar al comisario que convoque a asamblea e informe a los accionistas respecto de la situación que guarde la sociedad; así como para abstenerse de imponer las sanciones respectivas, siempre y cuando los hechos, actos u omisiones de que se trate no revistan gravedad o no constituyan un delito y ampliando los supuestos para revocar una autorización. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para difundir a través de su sitio electrónico, las resoluciones que emita como consecuencia de la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción de las Uniones de Crédito. Incluir en la figura de los programas de autocorrección a los que podrán sujetarse las Uniones de Crédito, con el objeto de subsanar incumplimientos a la Ley, siempre que tales conductas no sean consideradas como infracciones graves. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
13   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior, de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, de la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, de la Ley Orgánica de la Financiera Rural y de la Ley General deTítulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Fortalecer y modernizar la operación de la Banca de Desarrollo, mediante modificaciones a diversos ordenamientos jurídicos, dotándola de mayor autonomía de gestión y facilitando el otorgamiento de crédito por parte de sus instituciones, así como flexibilizar sus inversiones y liberarla de restricciones adicionales a las de la banca múltiple. Prever que las instituciones de Banca de Desarrollo tendrán por objeto facilitar el acceso al crédito y a los servicios financieros, determinando tasas, plazos, riesgos de las operaciones y tipos de negocio. Establecer que la Banca de Desarrollo debe crear programas para la atención de las áreas prioritarias del desarrollo nacional que promuevan la inclusión financiera, así como productos específicos para atender la perspectiva de género. Prever que las instituciones de Banca de Desarrollo deberán establecer un manual de remuneraciones, jubilaciones, derechos y obligaciones específico para los trabajadores de confianza, para lo cual contarán con comités de recursos humanos que tomen en cuenta la situación del mercado laboral en el sistema financiero mexicano, conforme a los criterios que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que opinarán y propondrán en términos de las condiciones generales de trabajo, los tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño; políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación y demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en cada Sociedad, lo cual deberá aprobarse por el Consejo Directivo. Establecer que el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público será quien presida el Comité, contando con voto de calidad en caso de empate, que en caso de ausencia del Subsecretario, presidirá el Comité y ejercerá el voto de calidad el Titular de la Unidad de Banca de Desarrollo. Prever que en las inversiones de la Banca de Desarrollo, las instituciones podrán realizarlas en el capital social o empresas de diversos tipos de sociedades. Facultar al Consejo Directivo para emitir normas o bases generales para la contratación de servicios, así como para la cesión de activos y pasivos de la institución. Considerar que las reuniones del Consejo Directivo sean una vez cada dos meses, sesionando válidamente con por lo menos la mitad del número de consejeros que integren el Consejo Directivo en cada uno de los bancos y la Financiera Rural, siempre y cuando se reúnan de entre los consejeros las dos terceras partes de los mismos, representando a la serie ¿A¿. Establecer el procedimiento para la designación de los delegados fiduciarios especiales de los fideicomisos públicos que sean considerados entidades paraestatales. Prever que las Sociedades Nacionales de Crédito se encuentren facultadas para prestar los servicios de asistencia y defensa legal a los integrantes de su Consejo Directivo, comités establecidos por el mismo o previstos por disposición normativa, así como a los servidores públicos que laboren o hubieren laborado en la propia institución; con respecto a los actos que dichas personas realicen en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas por ley y de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Prever que en aquellos casos en los que se requiera atención inmediata, las instituciones de banca de desarrollo podrán otorgar créditos considerando integralmente sólo la viabilidad del crédito con lo adecuado y suficiente de las garantías, previa autorización del Consejo Directivo de la institución. Se considera que los cambios jurídicos beneficiarán a la Banca de Desarrollo, eliminando restricciones de la Banca Múltiple innecesariamente extendidas a ésta; evitará la concentración de capital; se posibilitará la adquisición de acciones de otras instituciones de crédito o recibirlas en garantía; permitirá que la Banca de Desarrollo cuente con una mayor independencia en la estructura y operación de su administración interna.
Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.
Incluir los préstamos a mediano plazo, los términos y condiciones del otorgamiento de préstamos y otras facultades del Consejo Directivo; eliminar los topes máximos de préstamos a corto plazo así como la prohibición que impedía el otorgamiento de otro préstamo mientras uno anterior permaneciera insoluto.
Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos.
Prever que aunado al financiamiento y refinanciamiento, se le de apoyo a los proyectos relacionados directa o indirectamente con la inversión pública o privada. Facultar a BANOBRAS para que pueda otorgar garantías y avales sin necesidad de obtener autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en igualdad jurídica con las demás entidades de la Banca de Desarrollo y para que pueda actuar como fiduciario y fideicomisario y realizar operaciones con la propia sociedad en cumplimiento de fideicomisos.
Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal.
Derogar la disposición transitoria del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal, por el que se establece que las obligaciones que contrajera la Sociedad Hipotecaria Federal a partir del 1 de enero de 2014, no contarían con la garantía del Gobierno Federal. Establecer que el Gobierno Federal responderá en todo tiempo por las operaciones pasivas concertadas por Sociedad Hipotecaria Federal, con personas físicas o morales nacionales y con instituciones del extranjero privadas, gubernamentales e intergubernamentales.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Establecer que el monto total nominal de una emisión de certificados de participación será fijado mediante dictamen que formule alguna Sociedad Nacional de Crédito, previo peritaje que practique de los bienes fideicomitidos materia de esa emisión. Considerar que la Sociedad Nacional de Crédito, al formular su dictamen y fijar el monto tomará como base el valor comercial de los bienes y, si se tratare de certificados amortizables, estimarán sobre éste un margen prudente de seguridad para la inversión de los tenedores correspondientes.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
14   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Código de Comercio: fortalecer los procesos mercantiles para facilitar el cobro de créditos y la ejecución de garantías en caso de incumplimiento; posibilitar al actor para que elija la vía en la que ha de ejercitar su acción, en los casos en que el crédito cuente con garantía real. Obligar al juez a efectuar la notificación de las resoluciones que emite, al día siguiente al en que se dicten; para el caso de notificación de admisión de demanda reconvencional, esta deberá hacerse personalmente. Incluir en las causas de impedimento que puede alegar el juzgador para no conocer de un proceso, cuando participen en la mediación o conciliación. Reducir de ¿ocho¿ a ¿cinco¿ días, el plazo para celebrar la audiencia de admisión de pruebas. Admitir recurso de revocación en contra de los decretos que impliquen determinaciones de trámite. Salvaguardar los derechos del actor en la reconvención, cuando la demanda reconvencional sea superior a lo requerido para establecerse juicio oral, y brindar la oportunidad al actor para hacerlos valer en la vía ordinaria. Facultar al juzgador para que en caso de que no pueda resolverse un incidente interpuesto dentro de la audiencia de juicio, éste pueda ser resuelto en la sentencia definitiva del juicio principal. Dotar de fuerza ejecutoria a los documentos públicos en los que consten obligaciones exigibles y a los convenios celebrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Precisar las providencias precautorias en un juicio en materia mercantil (embargo, arraigo y secuestro provisional de bienes), establecer los supuestos en los que proceden, así como los requisitos. Permitir acceso al acreedor a los bienes embargados, a fin de practicar avalúos y probar la suficiencia para el pago del adeudo.
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: establecer que cuando las partes hubieren pactado la transferencia de propiedad del efectivo y exista un incumplimiento de las obligaciones garantizadas, el acreedor prendario conservará el efectivo, hasta por la cantidad que importen las obligaciones garantizadas, sin necesidad de que exista un procedimiento de ejecución o resolución judicial, extinguiéndose éstas por dicho monto.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: regular la competencia de los Juzgados de Distrito que se especializarán en materia mercantil.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
15   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Adicionar los principios de ¿trascendencia¿, ¿economía procesal¿, ¿celeridad¿, ¿publicidad¿ y ¿buena fe¿, bajo los cuales, el juez y los demás sujetos del proceso deberán regir sus actuaciones. Establecer el concepto de ¿firma electrónica¿, entendida como el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación, como opción para intervenir en diferentes etapas del proceso judicial. Permitir a cualquier persona solicitar al juez información sobre el procedimiento de concurso mercantil, en virtud de que éste es un procedimiento público. Establecer que los comerciantes que formen parte del mismo grupo societario, podrán solicitar la declaración judicial conjunta de concurso mercantil. Adicionar a los anexos que se deben acompañar en la solicitud de declaración de concurso mercantil, la obligación de presentar propuesta de convenio preliminar de pago a acreedores y de conservación de la empresa, así como los acuerdos corporativos sobre el concurso mercantil, en caso de personas morales. Otorgar al acreedor, la posibilidad de solicitar el concurso mercantil iniciando directamente en etapa de quiebra. Establecer que los titulares de los órganos jurisdiccionales serán responsables de vigilar la digitalización de todas las promociones y documentos que se presenten. Permitir que el comerciante pueda solicitar al juez la contratación inmediata de créditos indispensables para mantener la operación de la empresa durante la tramitación del concurso mercantil. Prever la posibilidad de que los acreedores que representen el 10% del pasivo a cargo del comerciante, podrán nombrar a un interventor. Facultar a los acreedores, interventores, comerciantes o accionistas, a ejercer la acción de responsabilidad. Disminuir la cantidad mínima de acreedores reconocidos que podrán solicitar al juez, prórroga o ampliación de la etapa de conciliación. Facultar a comerciantes y acreedores para designar de común acuerdo, a la persona física o moral que fungirá como conciliador. Establecer reglas a seguir para el proceso de suscripción del convenio, cuando se trate de créditos colectivos cuyos títulos o instrumentos hayan sido emitidos a través del mercado de valores. Crear la figura de ¿acreedores subordinados¿, que serán aquéllos que designe el comerciante, cuyos créditos no hubieren sido reconocidos dentro de los plazos que maraca la ley, o aquéllos acreedores titulares de créditos sin garantía real. Adicionar a la ley, un Título relativo a la responsabilidad de los administradores, entendiéndose por éstos, los miembros del consejo de administración y los empleados relevantes del comerciante, establecer los supuestos bajo los cuales, dichos administradores incurrirán en responsabilidad. Sancionar de tres a doce años de prisión, al administrador o representante legal del comerciante que realice cualquier acto u operación ilícita que genere un daño en el patrimonio del comerciante, en beneficio propio o de terceros. Otorgar al Consejo de la Judicatura Federal, un plazo de ciento ochenta días naturales, para emitir los acuerdos que considere necesarios a efecto de establecer las bases que permitan el correcto funcionamiento del juicio a través de medios electrónicos. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
16   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Reordenar el marco regulatorio aplicable a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM), y el marco de inversión extranjera vigente, al sistema financiero. Establecer como requisito para ser considerada SOFOM, tener acceso a los beneficios fiscales, el registro ante la Comisión para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (CONDUSEF). Será obligación de las SOFOM, mantener actualizada su información ante la CONDUSEF, pudiendo cancelar el registro por su incumplimiento. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y al Banco de México, para requerir información a las SOFOM para el adecuado desempeño de sus funciones; asimismo, establecer la atribución de la CONDUSEF para solicitar información a las SOFOM, con fines estadísticos. Actualizar los aspectos regulatorios aplicables a las casas de cambio. Eliminar la restricción a la inversión extranjera. Establecer los capitales mínimos con que deberán contar las casas de cambio y los almacenes generales de depósito. Prever los requisitos para las personas que desempeñen el papel de bodegueros habilitados. Modificar los procedimientos de remate de mercancías en caso de abandono o incumplimiento por parte de los depositantes. Crear el Sistema de Información de Almacenamiento de Productos Agropecuarios, que dependa de la SAGARPA, además de un Registro Público, denominado Registro Único de Certificados, Almacenes y Mercancías (RUCAM) que estará a cargo de la Secretaría de Economía. Prohibir la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de entidades financieras en territorio nacional. Incrementar el monto de las multas que pueden ser impuestas, a efecto de inhibir la comisión de conductas infractoras. Facultar a la CNBV para establecer las conductas que se consideran nocivas para el sano desarrollo y funcionamiento del sistema financiero. Facultar a la CNBV para llevar a cabo visitas de inspección a emisoras de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
17   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Concursos Mercantiles, la Ley de Protección al Ahorro Bancario y la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Instituciones de Crédito: Establecer un esquema específico para el tratamiento de instituciones bancarias insolventes, entendidas como aquellas cuyos activos sean insuficientes para cumplir con sus obligaciones de pago. Crear el proceso de liquidación judicial bancaria, que permita maximizar la recuperación del valor de los activos de una institución bancaria con problemas de insolvencia. Establece causales de revocación e inicio del proceso, mismo que se actualizará cuando los activos de la institución bancaria de que se trate, no sean suficientes para cubrir sus pasivos de conformidad con un dictamen que elabore la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, o en su caso, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, que fungirá como liquidador judicial. Prever el plazo para llevar a cabo el procedimiento de reconocimiento de créditos, mismo que no puede exceder de cincuenta y cinco días contados a partir de que la institución sea declarada en liquidación judicial. En materia de enajenación de activos, establecer que durante todo el procedimiento el IPAB informará al juez que conozca del proceso, sobre los procesos que se lleven a cabo para la enajenación de los bienes de la institución. Modificar el orden de prelación de pago que existe actualmente en la liquidación administrativa e incluirla en los mismos términos en el proceso de liquidación judicial.
Establecer que ningún Juez podrá suspender la ejecución de las resoluciones que se dicten en el proceso de liquidación judicial, únicamente cuando lo solicite el IPAB y que dicha ejecución pudiese causar daños y perjuicios de difícil reparación. Se establecen disposiciones relacionadas con la responsabilidad patrimonial del Estado. Tipificar como delito ciertas conductas que pudieran realizarse en relación con los supuestos de la liquidación judicial, como son: alteración de contabilidad, realización de algún acto que cause la extinción del capital de la institución de banca múltiple; solicitar el reconocimiento de un crédito inexistente dentro del procedimiento de liquidación; entre otros. En materia de resoluciones bancarias, modificar los plazos de audiencia para la revocación, establecer plazos diferenciados para que las instituciones de banca múltiple manifiesten lo que a su derecho convenga. Incorporar la opción de llevar a cabo operaciones de transferencia de activos y pasivos a un Banco Puente, en aquellos casos en los que le Comité de Estabilidad Bancaria lo determine. Eliminar el requisito de que el depositante tenga que presentar una solicitud de pago por concepto de obligaciones garantizadas, especificando que dicho pago se realizará con base en la información que los bancos clasifican en sus sistemas. Sustituir el nombre de Comité de Estabilidad Financiera por el de Comité de Estabilidad Bancaria. Establecer que en caso de que el IPAB no cuente con el personal suficiente, a solicitud de la Junta de Gobierno del Instituto, se comisione temporalmente a personal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y del Banco de México para auxilio de éste. Integra un método de resolución específico para el tratamiento de instituciones de banca múltiple ilíquidas cuyo cumplimiento de pagos pudiera tener efectos sistémicos, a criterio del Comité de Estabilidad Bancaria. Crear el Comité de Regulación de Liquidez Bancaria, encargado de dictar las directrices sobre las cuales se determinarán los requerimientos de liquidez que deberán cumplir las instituciones de banca múltiple. Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para ordenar a las instituciones de banca múltiple requerimientos de capital, adicionales a los previstos en la Ley de Instituciones de Crédito; y para establecer medidas aplicables a las instituciones de crédito a efecto de incentivar la canalización de mayores recursos al financiamiento del sector productivo. Prohibir la participación de gobiernos extranjeros en el capital social de instituciones de banca múltiple en México. Homologar las disposiciones aplicables a la participación de gobiernos extranjeros para que sean aplicables también a las filiales de instituciones financieras del exterior.
Ley de Concursos Mercantiles: Modificar la denominación y las disposiciones del Capítulo II del Título Octavo ¿Del concurso mercantil de las instituciones de crédito¿ por el de ¿Del concurso mercantil de las Instituciones Financieras¿, a efecto de que sean aplicables a instituciones financieras cuyas leyes que las regulan remitan expresamente a dichas disposiciones y extraer de su ámbito de aplicación a las instituciones de banca múltiple.
Ley de Protección del Ahorro Bancario: Derogar diversas disposiciones relativas al pago de obligaciones garantizadas y a la enajenación de bienes por parte del IPAB, en razón de que éstas se integrarán a la Ley de Instituciones de Crédito. Prever que el IPAB establezca el tratamiento de cuentas mancomunadas o que tengan más de un titular.
Ley del Mercado de Valores: Establecer que el Gobierno Federal podrá otorgar recursos al SAE dentro de los procedimientos de liquidación o concurso mercantil en los que éste último se desempeñe como liquidador o síndico.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
18   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Sociedades de Inversión y la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Ley de Sociedades de Inversión: Modificar la denominación del ordenamiento jurídico, para quedar como ¿Ley de Fondos de Inversión¿, asimismo, actualizar la denominación de ¿sociedades de inversión¿ por ¿fondos de inversión¿, (salvo las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro), e integrar conceptos relacionados con su naturaleza jurídica. Definir los fondos de inversión, como una sociedad anónima de capital variable con el objeto exclusivo de adquirir o vender activos a persona indeterminada a través de servicios de intermediación financiera, sujetándose a la supervisión, regulación y sanción de la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Establecer un procedimiento expedito y flexible para la escisión de sociedades y concentrar en ellas activos de los que no fue posible realizar valuación. Crear un subtipo de sociedad anónima similar al plasmado en la Ley del Mercado de Valores respecto de las sociedades anónimas bursátiles, conservando la naturaleza societaria de estas entidades financieras. Permitir que las sociedades de inversión, se constituyan ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, solo con un socio fundador, que tendrá a su cargo: la toma de decisiones que corresponden a la asamblea de accionistas y las funciones del consejo de administración. Otorgar a los accionistas de las sociedades de inversión únicamente derechos patrimoniales sin que puedan decidir el rumbo de ésta. Actualizar la regulación de los órganos societarios de las sociedades operadoras distribuidoras de acciones de y valuadoras de acciones de sociedades de inversión. Fijar las reglas para la participación del auditor externo en las sociedades de inversión. Permitir a las sociedades de inversión, elegir la distribuidora o entidad en que deseen depositar sus acciones para su custodia y distribución, precisando el alcance y responsabilidad en la prestación de dichos servicios. Homologar conceptos y normas establecidas en leyes relativas al sistema financiero mexicano, y a los procedimientos administrativos de sanción de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores relativas a incorporar sanciones que se considerarán como graves, adicionar el ejercicio de la facultad de amonestar, posibilitar la divulgación de sanciones impuestas, incorporar el régimen de programas de autocorrección e incrementar el monto de las multas a infracciones que consistan en realizar operaciones prohibidas o no autorizadas, exceder porcentajes máximos o no respetar los mínimos previstos en las normas de carácter general derivadas de éste ordenamiento, pasando de ¿100 a 10,000¿ a ¿10,000 a 100,000¿ días de salario mínimo.
Ley del Mercado de Valores: Incluir la inscripción en el Registro Nacional de Valores, de los fondos de inversión constituidos y organizados en términos de la Ley de Fondos de Inversión, así como los actos que la misma ley indique deban ser inscritos, como son los asientos y anotaciones registrales relativos a su constitución, así como a sus demás hechos y actos corporativos. Se establece que la sección del Registro en la que se inscriban los fondos de inversión, se llevará mediante la asignación de folios electrónicos por cada uno, en los que constarán los asientos relativos a la constitución, revocación, fusión, escisión y demás actos de carácter registral, relativos a los fondos de inversión; así como un apéndice por cada folio, en el que se incorporen las actas del consejo de administración de la sociedad operadora que les proporcione servicios de administración que hayan servido de base para llevar a cabo la inscripción de que se trate.
Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
19   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Mercado de Valores.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Adicionar un régimen especial mediante el cual las emisoras de valores puedan realizar ofertas públicas dirigidas a determinada clase de inversionistas. Incrementar de ¿3¿ a ¿10¿ años, el plazo otorgado para que las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil modifiquen su modalidad a Sociedades Anónimas Bursátiles. Establecer al capital contable, con un mínimo de doscientos cincuenta millones de unidades de inversión, como la medida para cuantificar el valor para que las sociedades anónimas promotoras de inversión bursátil deban transformarse en sociedades anónimas bursátiles. Otorgar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la emisión de atribuciones tendientes a incrementar la transparencia, la efectividad de controles internos que permitan determinar responsabilidades de la administración, entre otras. Establecer normas a las que deberán sujetarse las instituciones de crédito y casas de bolsa, respecto de la prestación de servicios de inversión a sus clientes. Facultar a la CNBV para regular la actuación de las instituciones de crédito y casas de bolsa en determinadas materias, y para supervisar a los asesores en inversiones que proporcionen de manera habitual y profesional, servicios de administración de cartera de valores u otorguen asesoría de inversión. Establecer que las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores puedan prestar sus servicios a inversionistas nacionales o extranjeros. Facultar a la CNBV, para emitir normas relativas a controles internos, prevención de conflictos de interés, prácticas societarias y de auditoría, transparencia y equidad, dirigidas a todos los agentes que participan en el mercado de valores; para permitir la celebración de acuerdos con bolsas de valores del exterior. Eliminar la limitación que restringe a cada accionista, ser propietario de una sola acción. Establecer que los subyacentes de los títulos opcionales, puedan ser determinados por el Banco de México. Explicitar que los derechos para designar comisarios y consejeros en las sociedades anónimas bursátiles y sociedades anónimas promotoras de inversión, se podrán ejercer por cada diez por ciento de acciones representadas en el capital social de la sociedad. Obligar a las emisoras a llevar un control sobre las personas que tengan acceso a información relevante, así como aquellas con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, a informar a la CNBV y a la bolsa en la que listen sus valores, los eventos relevantes o información relativa a movimientos inusitados en el mercado. Incorporar las reglas que la CNBV deberá valorar en la imposición de sanciones, así como disposiciones relacionadas con multas, faltas graves y el régimen de programas de autocorrección. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
20   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, de la Ley del Banco de México, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, de la Ley de Inversión Extranjera y del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Facultar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para difundir a través de su portal de Internet las resoluciones que emita como consecuencia de la substanciación de los procedimientos administrativos de sanción; elaborar y publicar estadísticas de las entidades y mercados financieros, indicadores de solvencia, estabilidad y liquidez, así como para publicar muestras representativas de bases de datos; y ordenar medidas correctivas, respecto de diversos aspectos en materia prudencial, registros contables y estados financieros, así como en relación con el cálculo del índice o nivel de capitalización. Facultar a la Junta de Gobierno de la CNBV para revocar las autorizaciones de las entidades que dicho órgano colegiado haya otorgado. Prever el fortalecimiento del régimen de intercambio de información de la CNBV con autoridades financieras del exterior, por lo que podrá brindar información que se encuentre protegida por disposiciones de confidencialidad, siempre que haya un acuerdo en donde se contemple el principio de reciprocidad. Facultar a la CNBV para realizar visitas de inspección a emisores con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores o tratándose de filiales, para procurar el mejor entendimiento entre las autoridades financieras. Delimitar la restricción consistente en contar con la ciudadanía mexicana por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad, para ser Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Considerar en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, la facultad de la CNBV para abstenerse de imponer las sanciones respectivas. Prever la liberación de los límites a la inversión extranjera en entidades financieras. Establecer medidas para fortalecer la actividad supervisora y el marco normativo que regula la imposición de sanciones administrativas a los participantes en los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Establecer que para poder participar en entidades financieras en México, las personas oficiales extranjeras deberán, además de no ejercer funciones de autoridad y acreditar la independencia de sus órganos de decisión. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
21   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
  - Justicia
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular las bases de organización de las Sociedades Controladoras y el funcionamiento de los Grupos Financieros, así como establecer los términos bajo los cuales habrán de operar, buscando la protección de los intereses de quienes celebren operaciones con las entidades financieras integrantes de dichos Grupos Financieros. Establecer la posibilidad de que la Sociedad Controladora pueda realizar inversiones indirectas, a través de Subcontroladoras, en entidades financieras que integren el Grupo Financiero de que se trate, así como en otras entidades financieras sobre las cuales no tengan el control y por tanto no sean consideradas como integrantes del respectivo Grupo Financiero. Realizar mejoras sustanciales en Gobierno Corporativo, con la finalidad de contar con una estructura solida que establezca los principios y normas para la organización de dichas sociedades, así como la constitución y funcionamiento de los Grupos Financieros, mediante una adecuada integración de los órganos de la sociedad, tales como el consejo de administración y la dirección general. Implementar mejoras en procedimientos administrativos para fortalecer los actos corporativos que se pueden llevar a cabo en un Grupo Financiero, como son la incorporación, separación y fusión al precisar los requisitos necesarios para obtener las autorizaciones correspondientes. Reforzar las facultades de las autoridades encargadas de la supervisión de los Grupos Financieros, para que mediante instrumentos de colaboración que al efecto elaboren, y el intercambio efectivo de información tanto entre autoridades nacionales como extranjeras, se logre una supervisión consolidada efectiva. Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para emitir disposiciones que establezcan las medidas correctivas que deberán cumplir las Sociedades Controladoras, a fin de asegurar que las entidades financieras integrantes del Grupo Financiero de que se trate, cumplan con los requerimientos previstos en sus respectivas leyes especiales, señalando un catálogo de las medidas correctivas que se pudieran implementar. Facultar al ejecutivo Federal para constituir consejos que sirvan como foro de coordinación de las medidas y acciones que, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, deban realizar o implementar la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal respectivas y el Banco de México. Crear el Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero, como un órgano de coordinación permanente, evaluación y análisis que vele por la seguridad del sistema financiero del país. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
22   Proyecto de decreto por el que se adicionan y reforman diversas disposiciones de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia en el Crédito Garantizado.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Justicia
Establecer la figura del acreedor subrogante, que será titular de los derechos de la entidad con quien se haya contratado un nuevo crédito garantizado, mediando el pago del primer crédito anticipadamente, con el fin de incrementar la competencia entre acreedores y mejorar las condiciones de financiamiento para los deudores. Otorgar el carácter de acreedor subrogado a una sociedad financiera de objeto múltiple de las reguladas por tener vínculos con una institución de banca múltiple. Permitir fungir como acreedores subrogados, siempre que hayan cumplido con los requisitos legales, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, al Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Disminuir los costos de transacción para la subrogación de deudor y la subrogación de acreedor a cargo de la Secretaria de Economía, mediante la celebración de convenios de coordinación con los Estados y municipios. Establecer que en caso de subrogación de acreedor, el acreedor subrogado deberá observar las disposiciones aplicables a las Entidades, entendidas como aquellas empresas mercantiles, que directamente o a través de figura jurídica, se dediquen habitualmente al otorgamiento de créditos garantizados. Fijar en caso de incumplimiento multa administrativa de ¿15,000 a 21,000¿ días de salario mínimo, calculada en la fecha de la infracción, que será impuesta por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros respecto de las entidades financieras, y por la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor respecto de las demás Entidades. Prever la hipótesis de que si en la contratación del Crédito Garantizado se ofrece al deudor un seguro con cargo a éste, el costo y consentimiento para contratar dicho seguro deberá constar expresamente en la misma sección en la que habrá de recabarse su consentimiento; y que si tal seguro es un requisito para la contratación del crédito, se deberá informar al deudor que la contratación es opcional con la Entidad. Aprobada
con fecha 10-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Mayo-2013
23   Proyecto de decreto que adiciona y se recorre un inciso a la fracción III del artículo 115 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Flores Méndez José Luis (PRI)

A nombre propio y de la Dip. Maricela Velázquez Sánchez (PRI)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios de Bibliotecas. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
24   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 21, 41, 60, 73, 76, 99, 102, 105, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Villalobos Seáñez Jorge Iván (PAN)

A nombre propio y de los legisladores Ernesto Cordero Arroyo Héctor Larios Córdova, Fernando Herrera Ávila y Luis Alberto Villarreal García (PAN)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Crear la Fiscalía General para la Atención de Delitos Electorales, encargada de la investigación y persecución de los delitos en materia electoral, así como el ejercicio de la acción penal de éstos. Establecer la formula para obtener el financiamiento público de los partidos políticos en las entidades federativas. Sustituir la denominación del ¿Instituto Federal Electoral¿ por la de ¿Instituto Nacional Electoral¿, quién tendrá a su cargo la organización de elecciones federales y locales, además de reemplazar las figuras de ¿Consejero Presidente¿ por la de ¿Comisionado Presidente¿ y de ¿Consejero Electoral¿ por la de ¿Comisionado Electoral¿. Incrementar de ¿8¿ a ¿10¿, el número de miembros del Consejo General del Instituto Nacional Electoral. Establecer que el comisionado presidente durará en su cargo seis años y los comisionados electorales nueve años, y serán renovados en forma escalonada sin posibilidad de reelección. Excluir al Ministerio Público para la persecución de los delitos que sean competencia de la Fiscalía General Para la Atención de Delitos Electorales. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
25   Proyecto de decreto que reforma la fracción VII y adiciona un antepenúltimo párrafo al artículo 117 de la Ley de Instituciones de Crédito.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)

A nombre propio y de la Sen. Dolores Padierna Luna (PRD)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las instituciones de crédito estarán obligadas a dar las noticias o información de los depósitos, operaciones o servicios, cuando lo soliciten el Congreso de la Unión, a través de la Comisión Permanente, sus Mesas Directivas, Juntas de Coordinación Política y Comisiones Ordinarias de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores; las Legislaturas de los Estados, y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través de sus órganos de gobierno, respecto del endeudamiento de la federación, los Estados, los Municipios, el Distrito Federal, los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, y de los organismos públicos, las empresas de participación estatal o municipal mayoritaria y los fideicomisos en los que el fideicomitente sea alguna de los entes públicos citados. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
26   Proyecto de decreto que reforma el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Núñez Aguilar Ernesto (PVEM)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Distrito Federal
Modificar el inicio del primer y segundo periodo ordinario de sesiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, del día ¿17 de septiembre¿ por el ¿5 de septiembre¿ de cada año, y del ¿15 de marzo¿ por el ¿1 de febrero¿, respectivamente. Modificar el término del primer período ordinario de sesiones, el cual no podrá prolongarse más allá del 20 de diciembre, exceptuando el caso en que el Jefe de Gobierno inicie su encargo, en el que se podrá extender hasta el 31 de diciembre del mismo año. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
27   Proyecto de decreto que reforma el párrafo tercero del artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Huerta Ladrón de Guevara Manuel Rafael (PT)

A nombre propio y del Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (PT)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Transportes
Prohibir la circulación a camiones con doble remolque o que sobrepasen un máximo de 22 toneladas de peso en su carga, así como para aquéllos que excedan una longitud de 22 metros. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
28   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Economía
Incluir como objetivos de la Ley, prever mecanismos de gobierno electrónico, simplificación administrativa y fiscal que propicien la reducción de costos para las MIPYMES. Incluir en la planeación y ejecución de las políticas y acciones de fomento para la competitividad de las MIPYMES, promover el pago oportuno a proveedores MIPYMES, considerando como tiempo oportuno 30 días naturales y para reconocer el cumplimiento, la Secretaría deberá extender certificado para la utilización de un sello con la leyenda ¿A FAVOR DE LAS MIPYMES¿; y que para la utilización del sello, los beneficiarios, en sus procesos de auditoría, deberán solicitar a los auditores, certifiquen que efectúan sus pagos oportunos a las MIPYMES a 30 días naturales y que también por lo menos el 30% de sus proveedores son MIPYMES. Facultar a la Secretaría de Economía, en materia de coordinación y desarrollo de la competitividad de las MIPYMES, para presentar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público un apartado específico sobre la evaluación de los programas, para que sea considerado como un apartado específico dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para cada ejercicio fiscal. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
29   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Gobernación
Incluir en los requisitos para ser titular de una delegación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal: contar con título y cédula profesional y haberse desempeñado como mando medio o superior en la administración pública federal, estatal o municipal, en materias afines a la delegación con antigüedad de al menos tres años al día de su designación; no haber sido electo como dirigente de un partido en la entidad donde se desarrollará la actividad, al menos ocho años previos a la designación; y no haber sido candidato a puesto de elección popular en circunscripción, distrito o municipio coincidente con la actividad de la delegación federal. Agregar a las reglas de programas donde participen varias delegaciones en uno o varios estados: incluir estadísticas de la población objetivo, por entidad federativa, municipio, localidad, edad y género; establecer y promover un mecanismo de atención para que la ciudadanía pueda denunciar casos de violación a las reglas de operación que afecten o condicionen su acceso a los programas; y ajustar las actividades de promoción y operación de los programas sociales a las limitantes que establezca la legislación electoral estatal. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
30   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Incorporar un Título a la Constitución en matera de ¿Tratados Internacionales¿. Se entenderá por tratado, todo instrumento celebrado entre sujetos de derecho internacional y regido por el derecho internacional, sin importar la denominación que se le otorgue. Establecer reglas y características a las que deberá sujetarse la celebración de tratados internacionales. Prever que las observaciones que haga el Presidente de la República, respecto a los tratados internacionales, las podrá hacer personalmente o a través de un representante. Facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para conocer sobre la opinión de contradicción constitucional de los tratados internacionales, previa solicitud de la Cámara de Senadores. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
31   Proyecto de decreto que adiciona una fracción XVIII bis al artículo 5 de Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Proponente: Velasco Orozco Víctor Hugo (PRI)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Seguridad Pública
Incluir en las actividades de las organizaciones de la sociedad civil, la atención, búsqueda y localización de menores de edad sustraídos o extraviados y de personas mayores de edad desaparecidas. Aprobada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
32   Proyecto de decreto que adiciona la fracción X del artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que no se pagará el Impuesto al Valor Agregado, por la enajenación de mercancías extranjeras, que se encuentren declaradas y depositadas bajo régimen de depósito fiscal por un residente en el extranjero en un almacén general de depósito. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
33   Proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción III, actualmente derogada, al artículo 74 y se adiciona la fracción XVII, actualmente derogada, al artículo 89, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Presidente de la República, para renunciar a la inmunidad de jurisdicción y ejecución que corresponde a los Estados Unidos Mexicanos, previa aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
34   Proyecto de decretopor el que se reforma el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Eliminar el fuero militar. Prever que únicamente durante periodos de guerra declarada por el Presidente de la República, con la autorización del Congreso de la Unión, podrán funcionar tribunales integrados por militares para juzgar delitos y faltas directamente relacionados con la disciplina militar. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Enero-2014



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
35   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional, en materia de suspensión del ejercicio de los derechos y las garantías.


Proponente: Ortíz Ahlf Loretta (PT)


Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

Unidas  - Derechos Humanos
- Justicia
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la restricción o suspensión a que hace referencia el artículo 29 constitucional, del ejercicio de los derechos humanos y las garantías otorgadas en la Constitución y en los tratados internacionales, estableciendo límites a esos estados de excepción. Establecer requisitos a la solicitud para suspender los derechos humanos y garantías individuales que realice el Ejecutivo Federal ante la Cámara de Diputados, especificando claramente: los motivos, si se trata de restricción o suspensión, la temporalidad, la territorialidad, así como anexar una iniciativa de Ley para regular el Estado de Excepción, misma que podrá ser analizada vía acción de inconstitucionalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Especificar que de rechazarse la solicitud de restricción o suspensión de garantías, no podrá volver a presentarse salvo que se motive en hechos supervenientes, pero en caso de ser autorizado el decreto de restricción o suspensión de derechos humanos y garantías individuales, el presidente podrá hacer uso de la totalidad de las fuerzas armadas para hacer frente a la invasión, perturbación u acto que altere la paz pública o ponga en peligro a la sociedad. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
36   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 14 Ter a la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional, en el ramo petróleo.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Dips. Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Energía
Establecer la obligación para que las gasolineras cuenten con servicios sanitarios limpios y en buen estado, dando seguimiento a estándares de higiene y calidad adecuados para su uso. Prever que el acceso a este tipo de servicios será de manera libre y sin costo alguno para los clientes. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
37   Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7, fracción X, de la Ley General de Educación y se adiciona el inciso e) al artículo 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por los Dips. Ricardo Monreal Ávila y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 15-Mayo-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Considerar entre los fines de la educación, el conocimiento integral en temas de sexualidad. Establecer dentro del derecho a la identidad de las niñas, niños y adolescentes, la formación de su personalidad, en atención a su identidad sexual y expresión de género. Desechada
con fecha 22-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 20-Mayo-2013
38   Proyecto de decreto que reforma la fracción V del artículo 176 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Ortiz González Graciela (Senadores)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Precisar que para efecto de las deducciones personales de las personas físicas, las aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, se podrán efectuar antes de que se presente la declaración respectiva. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
39   Proyecto de decreto que reformar el tercer párrafo del artículo 27 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Proponente: Congreso del Estado de Chihuahua (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Transportes
Establecer que cuando las vías férreas queden dentro de los centros de población debido al crecimiento urbano, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá construir los accesos que permitan la entrada y salida de personas y vehículos, para lo cual podrá celebrar contratos de colaboración con Estados y Municipios. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
40   Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 1 y adicionan los artículos 8 Bis; 8 Ter; y 8 Quáter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: González Carrillo Adriana (PAN)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Gobernación
Crear la Oficina de Asuntos Internacionales de la Presidencia de la República, con el objeto de respaldar sus atribuciones en materia de dirección y formulación de la política exterior; dicha Oficina estará integrada por un Consejo Consultivo de Política Exterior encargado de formular recomendaciones no vinculantes que coadyuven en el establecimiento y elaboración de directrices y estrategias en el ámbito de la política exterior, enfatizando el trabajo deliberativo en materia de prospectiva y planeación estratégica. Prever la estructura orgánica del Consejo Consultivo de Política Exterior. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
41   Proyecto de decreto que se reforma diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Robles Montoya Angel Benjamín (Senadores)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Derogar el régimen de consolidación fiscal. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
42   Proyecto de decreto por el que se reforma el inciso c) del artículo 2° de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Dips. Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Gobernación
Prever que el Estado Mexicano garantizará en favor del individuo, el derecho a no ser objeto de discriminación por la ausencia de creencias religiosas. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
43   Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al inciso e) de la fracción iv del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que la legislación de los Estados en materia electoral, deberá garantizar la promoción de la igualdad de oportunidades y la paridad de género en la vida política de los estados de la unión, en las postulaciones a cargos de elección popular a los Congresos Locales. Establecer que de la totalidad de solicitudes de registro de diputados que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante los organismos electorales locales, deberán integrarse con al menos el cuarenta por ciento de candidatos propietarios de un mismo género, procurando llegar a la paridad. Desechada (art. 89)
con fecha 28-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
44   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Reglamentaria del artículo 6º Constitucional en materia de Derecho de Réplica.


Proponente: Escobar y Vega Arturo (PVEM)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto garantizar y reglamentar el ejercicio del derecho de réplica. Definir como derecho de réplica, aquel que tiene toda persona a que sean publicadas las aclaraciones respecto de información falsa que haya sido divulgada en medios de comunicación en perjuicio y que cause agravio político, económico, en su honor, vida privada y/o imagen. Facultar a terceros para ejercer el derecho de réplica en caso de que el agraviado esté imposibilitado. Permitir que las personas morales ejerzan dicho derecho a través de su representante legal. Otorgar a los partidos políticos, precandidatos y candidatos a puestos de elección popular, que durante el tiempo de precampaña y campaña y hasta el día de la jornada electoral respectiva, puedan ejercer el derecho. Normar el procedimiento para ejercer el derecho de réplica ante los sujetos obligados. Establecer que en los procedimientos judiciales del derecho de réplica, se admitirán toda clase de pruebas conforme a derecho. Establecer que los tribunales de la Federación serán competentes para conocer de los procedimientos judiciales que se promuevan con motivo del ejercicio del citado derecho. Fijar las sanciones que ha de aplicar el Juez de Distrito con independencia de las previstas en leyes relativas, a quienes hagan caso omiso del ejercicio de derecho de réplica. Aprobada
con fecha 5-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
45   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el Código Penal Federal.


Proponente: Bautista López Victor Manuel (PRD)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Justicia
Considerar como agravante la comisión de los delitos de corrupción de menores y lenocinio, cuando la conducta se realice al interior de una estancia infantil, institución educativa, parques públicos, centros deportivos, de asistencia social u hospitales, o en un radio menor o igual a quinientos metros. Desechada (art. 89)
con fecha 2-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
46   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: López Candido José Arturo (PT)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Establecer que la entidad instructora tendrá la obligación de expedir las constancias correspondientes, a los trabajadores que hayan acreditado los exámenes de capacitación y adiestramiento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
47   Proyecto de decreto que reforma el artículo 15, modificando la fracción X, adicionando la fracción xI y recorriendo los subsecuentes de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, así como los artículos 59, 116 y 118 de la misma ley.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Desarrollo Rural
Establecer que el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, fomentará la promoción e impulso a los programas, proyectos y apoyos institucionales dirigidos hacia las mujeres, el desarrollo de acciones para fomentar la integración de políticas públicas con perspectiva de género en el sector rural. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
48   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el párrafo segundo del inciso c) del artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.


Proponente: Garay Cabada Marina (PRI)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Exceptuar a los puros y otros tabacos labrados que sean hechos enteramente a mano, al pago de la cuota establecida en la Ley, por cigarro enajenado o importado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
49   Proyecto de decreto que reforma los artículos 401, 403, 405, 406, 407, 409 y 412 del Código Penal Federal.


Proponente: Diputados integrantes del PT (PT)

Ssucrita por los diputados Ricardo Cantú Garza y Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)
Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Justicia
Adicionar a la definición de funcionarios partidistas, a quién realice actividades de organización y promoción en precampañas y campañas de precandidatos y candidatos. Homologar la definición de precandidatos y candidatos. Adicionar las boletas, como documentos públicos electorales. Sancionar a la persona que utilice programas sociales con la finalidad de inducir o coaccionar el voto, solicite datos de la credencial para votar con el objeto de condicionar la libre emisión del voto, coaccione a otros mediante amenazas o violencia, a votar o abstenerse de hacerlo a favor de un determinado candidato, realice o reciba aportaciones en dinero o especie en montos superiores a los permitidos por la ley; al funcionario electoral que impida el escrutinio y computo de la votación, destituya funcionarios de casilla sin cumplir los requisitos establecidos en la ley; al funcionario partidista o candidato que altere las facturas que justifiquen los gastos de campaña, no reporte ingresos; al servidor público que promueva o denigre la imagen de algún candidato, utilice programas sociales para la promoción de su imagen personal, entre otros. Retirada


Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
50   Proyecto de decreto que adiciona la fracción VI Bis al artículo 33 de la Ley General de Educación.


Proponente: Curi Naime Alberto (PRI)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer la obligación de las autoridades educativas de implementar cursos gratuitos de computación e internet dirigidos a padres de familia o tutores de alumnos de educación básica, de preferencia en aquéllas comunidades y colonias de mayor rezago económico y social. Retirada


Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
51   Proyecto de decreto que reforma y modifica diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.


Proponente: Borges Pasos Teresita de Jesús (PRD)


Fecha de presentación: 22-Mayo-2013

  - Economía
Facultar a la Procuraduría Federal del Consumidor, solicitar a los proveedores la acreditación de la capacidad económica. Especificar que en caso de existir hechos que pueden ser constitutivos de delitos se remitirá el expediente al Ministerio Público para interposición de la denuncia respectiva y, en su caso, a las autoridades fiscales. Mandatar a la Procuraduría Federal del Consumidor, a fin de que coadyuve con los consumidores ante el Ministerio Público, en caso de existir hechos constitutivos de delitos y que afecten la integridad e intereses de estos. Las partes del procedimiento podrán celebrar convenios ante la Procuraduría y, en caso de incumplimiento, el conciliador ordenará el inicio del Procedimiento correspondiente. Retirada


Publicación en Gaceta: 28-Mayo-2013
52   Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo el artículo 151 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Congreso del Estado de Chihuahua (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Seguridad Social
Establecer que el asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio, con motivo de haber expirado el periodo de conservación de derechos, siempre que haya cumplido la edad y semanas de cotización requeridas para recibir su pensión, sin necesidad de ser reinscrito, se le reconocerán inmediatamente todas sus cotizaciones por el Instituto Mexicano del Seguro Social al momento de solicitar su otorgamiento. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 5-Junio-2013
53   Proyecto de decreto que modifica el artículo 14 Bis, fracción X de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI)

A nombre propio y del Dip. Javier Filiberto Guevara González (PRI)
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Justicia
Incluir en las medidas de vigilancia especial en los Centros de Readaptación de Sentenciados, la prohibición de cualquier aparato o dispositivo tecnológico que permita la comunicación de los reos. Limitar el uso de teléfonos fijos para el personal administrativo. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
54   Proyecto de decreto que reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: González Magallanes Alfa Eliana (PRD)

Suscrita por Diversos diputados integrantes del grupo parlamentario PRD
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Prever que las normas del trabajo tutelarán el interés superior de las niñas y los niños. Establecer las bases para la prestación de trabajo de las niñas y los niños menores de dieciocho años dentro de la República Mexicana. Derogar las disposiciones por las cuales no se considerará trabajo las actividades que bajo la supervisión, el cuidado y la responsabilidad de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, realicen los menores de catorce años relacionadas con la creación artística, el desarrollo científico, deportivo o de talento, la ejecución musical o la interpretación artística en cualquiera de sus manifestaciones. Prever las sanciones a los patrones que infrinjan lo relativo a la prestación de trabajo de los menores. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
55   Proyecto de decreto que reforma los artículos 401, 403, 405, 406, 407, 409 y 412 del Código Penal Federal.


Proponente: Cantú Garza Ricardo (PT)

Suscrita por el Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

Unidas  - Justicia
- Gobernación
Adicionar a la definición de funcionarios partidistas, a quién realice actividades de organización y promoción en precampañas y campañas de precandidatos y candidatos. Adicionar las boletas, como documentos públicos electorales. Sancionar a la persona que utilice programas sociales con la finalidad de inducir o coaccionar el voto, solicite datos de la credencial para votar con el objeto de condicionar la libre emisión del voto, coaccione a otros mediante amenazas o violencia, a votar o abstenerse de hacerlo a favor de un determinado candidato, realice o reciba aportaciones en dinero o especie en montos superiores a los permitidos por la ley; al funcionario electoral que impida el escrutinio y computo de la votación, destituya funcionarios de casilla sin cumplir los requisitos establecidos en la ley; al funcionario partidista o candidato que altere las facturas que justifiquen los gastos de campaña, no reporte ingresos; al servidor público que promueva o denigre la imagen de algún candidato, utilice programas sociales para la promoción de su imagen personal, entre otros. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 29-Mayo-2013
56   Proyecto de decreto que reforman la fracción iv del artículo 2°, los artículos 4° y 5° y la fracción xxix del artículo 11° y se adiciona una fracción xxxiv, recorriéndose las subsecuentes en su orden, al artículo 11° de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Sucrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar como ¿Institución Financiera¿ a las tiendas departamentales que ofrecen productos o servicios financieros. Otorgar a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones; asimismo, establecer la obligación de ésta para rendir cuentas de manera periódica a la Cámara de Diputados sobre las resoluciones y laudos emprendidos; y establecer la facultad de la misma, para realizar visitas de inspección a las instituciones financieras, con el objeto de garantizar la equidad en las relaciones entre los usuarios de servicios financieros y las mismas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
57   Proyecto de decreto que adiciona una fracción xiv al artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Justicia
Considerar que se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público, cuando al concederse la suspensión del acto reclamado, se produzca daño al medio ambiente, al equilibrio ecológico o que por ese motivo afecte la salud de las personas. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
58   Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Hernández Morales Mirna Esmeralda (PRI)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Transportes
Especificar que de los vehículos destinados al transporte de carga federal o privada, al tractocamión sólo se le permitirá el uso de un semirremolque, para circular en las carreteras federales. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
59   Proyecto de decreto que modifica el artículo 23 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Proponente: Cantú Garza Ricardo (PT)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar el plazo de ¿setenta y dos¿ a ¿sesenta¿ meses, la temporalidad en que las Sociedades están obligadas a conservar y/o eliminar historiales crediticios, la información que refleje el incumplimiento ininterrumpido de cualquier obligación exigible, así como las claves de prevención que les correspondan. Modificar el plazo no mayor de ¿cuarenta y ocho¿ a ¿veinticuatro¿ meses para que las Sociedades eliminen información relativa a créditos menores al equivalente a mil UDIS, o el registro de saldos residuales de cuantías mínimas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
60   Proyecto de decreto que reforma el artículo 129 Bis del Código Penal Federal y el artículo 194 fracción l inciso 4) del Código Federal de Procedimientos Penales.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Sucrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Justicia
Tipificar el delito de ¿facilitación de información con fines delictivos¿, entendido como la persona que aceche, alerte, vigile o realice cualquier tipo de acción tendiente a obtener información privilegiada de las instituciones de seguridad pública, fuerzas armadas o de procuración de justicia, con el fin de utilizarla para dar a conocer la ubicación, actividades y operativos, imponiendo una pena de cuatro a doce años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas veces el salario mínimo a quien cometa dicho delito. Calificar como delito grave, la facilitación de información con fines delictivos. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
61   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.


Proponente: López Candido José Arturo (PT)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Salud
Prever como derecho de las personas con trastornos mentales y del comportamiento, que se nombre por parte de los familiares a un tutor responsable directo o algún tutor que se haga cargo de los enfermos que están internados en los centros y hospitales psiquiátricos. Establecer que serán sancionados los padres, tutores, quienes ejercen la patria potestad o quienes ostenten la representación legal de personas con trastornos mentales y del comportamiento, que cometan abandono físico de sus pacientes o que desistan de los apoyos en especie o económicos solicitados por los centros u hospitales psiquiátricos. Desechada
con fecha 3-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
62   Proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 4 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Proponente: Oliveros Usabiaga José Luis (PAN)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Juventud
Establecer como atribución del Instituto Mexicano de la Juventud, celebrar acuerdos y convenios con las autoridades de las entidades federativas y los municipios para promover la integración de Consejos de Seguimiento de Políticas Públicas en materia de juventud a nivel local. Desechada
con fecha 19-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
63   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PRI)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Establecer que para los cambios de uso de suelo en áreas forestales, selvas y zonas áridas por expansión de áreas urbana y rural, o para la ejecución de prácticas agrícolas pecuarias, agroforestales y silvapastorales, será necesario un estudio de impacto ambiental realizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Establecer que para el cambio de uso de suelo en sub zonas de aprovechamiento sustentable de ecosistemas, se deberá reservar el tres por ciento para la práctica de actividades silvapastorales y de reforestación. Establecer que será objetivo de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, garantizar que subsista la conservación ambiental y no se generen impactos ambientales negativos a partir de las prácticas de cambios de usos de suelo. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
64   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley General de Sociedades Cooperativas.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 29-Mayo-2013

  - Fomento Cooperativo y Economía Social
Incluir el concepto de ¿Sociedad Cooperativa¿ y ¿Socios de una cooperativa¿. Considerar como sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio, a los socios de sociedades cooperativas que aporten trabajo o servicios personales a la sociedad, excepto los socios de cooperativas que se dedican a actividades agropecuarias y pesqueras. Prever que podrán voluntariamente ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio, los socios de las sociedades cooperativas dedicadas a los sectores agropecuario y pesquero. Derogar el contenido del artículo Tercero Transitorio, para integrarlo en la Ley del IMSS, con el objeto de establecer que en lo que se refiere a los Seguros de Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, así como del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, las sociedades y asociados que aportan trabajo o servicios a la sociedad pagarán conjuntamente el 50 por ciento y el Gobierno Federal el 50 por ciento restante del total de las cotizaciones para la correspondiente base de cotización. Retirada


Publicación en Gaceta: 4-Junio-2013
65   Proyecto de decreto que se reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal; del Código Federal de Procedimientos Penales; de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Justicia
Código Penal Federal: fortalecer el marco jurídico para el combate del terrorismo y su financiamiento. Aumentar la pena mínima de prisión pasando de cinco a quince años en el delito de terrorismo. Establecer que las acciones terroristas también podrán ser consideradas como tales cuando para su comisión se empleen o utilicen material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuentes diversas de radiación. Salvaguardar el bien jurídico tutelado referente a la integridad física, emocional y la vida de las personas que puedan ser perjudicadas por actos terroristas; así como la protección de bienes o servicios de carácter público o privado. Considerar como agravante, cuando el delito sea cometido en contra de un bien de acceso público, cuando se genere un perjuicio a la economía nacional o, cuando se detenga en calidad de rehén a una persona durante la comisión de un delito. Establecer que las manifestaciones que realicen grupos sociales en el ejercicio de los derechos humanos, sociales o de cualquier otro derecho constitucional con el fin de presionar a la autoridad para que tome una determinación, sin atentar contra bienes jurídicos de personas, no se considerarán como terrorismo. Considerar como un delito autónomo la conducta de ¿Financiamiento al Terrorismo¿, mediante la cual se pretende sancionar con prisión de quince a cuarenta años, al que por cualquier medio que fuere, ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, para financiar o apoyar actividades de individuos o agrupaciones terroristas. Tipificar como delito, el encubrimiento de personas que hayan participado en el financiamiento de actos terroristas, imponiendo una pena de prisión de uno a nueve años y la correspondiente multa. Prever aspectos relacionados con el terrorismo internacional. Tipificar aquellos actos que se realicen en territorio mexicano de características violentas cometidos en contra de locales oficiales, residencias particulares o medios de transporte de una persona internacionalmente protegida, que la pueda privar de su vida o su libertad. Se define en el Código la figura de ¿persona internacionalmente protegida¿. Respecto a los delitos relacionados con ataques a las vías de comunicación y violación de correspondencia, incluir que la afectación puede ir dirigida a instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presten servicios a la aviación civil, o a alguna plataforma fija. Modificar el tipo penal de operaciones con recursos de procedencia ilícita, incluyendo en el tipo a quien posea, convierta, retire, reciba por cualquier motivo o traspase dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando proceden o representan el producto de una actividad ilícita. Incluir como conducta punible autónoma, el testaferrato, mismo que se configura cuando una persona permite que se intitulen bajo su nombre bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de una actividad ilícita, estableciendo sus características y agraviantes.
Código Federal de Procedimientos Penales: incluir en el catálogo de delitos graves, el de financiamiento al terrorismo y su encubrimiento; el robo de material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo o fuente de radiación; así como la conducta de testaferrato.
Ley Federal contra la Delincuencia Organizada: incluir en el catálogo de delitos cometidos bajo el régimen de delincuencia organizada, el tipo propuesto de financiamiento al terrorismo y el encubrimiento del mismo.
Código Fiscal de la Federación: establecer la excepción sobre la reserva de la información fiscal proporcionada por contribuyentes o terceros, que tenga relación con los delitos de terrorismo y su financiamiento, así como los tipos penales relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, y aquella información que la autoridad fiscal obtenga en el ejercicio de sus facultades de comprobación.
Ley Federal de Extinción de Dominio, Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: establecer la facultad del Ministerio Público para ordenar la inmovilización provisional e inmediata de fondos o activos ante el conocimiento de reportes, informes o resoluciones de las autoridades nacionales de vigilancia financiera y de los organismos internacionales competentes, cuando estén vinculados con los delitos materia de la extinción de dominio.
Aprobada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 6-Junio-2013
66   Proyecto de decreto que reforma los artículos 324 y 334 de la Ley General de Salud.


Proponente: Camarillo Ortega Rubén (PAN)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Salud
Considerar el consentimiento tácito de donación de órganos, cuando el donante no haya dejado constancia expresa de la manifestación de su negativa, a que su cuerpo sea utilizado para trasplantes. Requerir para el caso de trasplantes de donantes que hayan perdido la vida, para efectos de la certificación de muerte y extracción de órganos, de un certificado firmado por tres médicos, entre los que se encuentren un Neurólogo o Neurocirujano y el Jefe de Servicio de la Unidad Médica donde se encuentre ingresado; además de que no exista constancia expresa de la persona fallecida, de su negativa para que se realice la extracción de órganos después de su muerte. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
67   Proyecto de decreto que adiciona un artículo 34 bis a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Prever que en la programación de los recursos destinados a programas y proyectos de inversión, las entidades federativas deberán establecer los mecanismos de planeación de inversiones, en el que se reflejen las necesidades de los municipios. Establecer la obligación de los titulares de los mecanismos de planeación de inversiones, para identificar los proyectos de inversión y otorgar prioridad a los que generen mayores beneficios para la sociedad. Establecer el procedimiento relacionado con el ingreso de proyectos de inversión a cargo de las entidades federativas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
68   Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 30 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo (MC)
Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Transportes
Establecer la obligación de realizar un estudio de impacto ambiental, cuando se efectúen obras necesarias para la prestación del servicio ferroviario dentro de los límites de un centro de población, con el fin de que éstas no ocasionen daños ambientales. Prever la obligación de reponer, restaurar y, en su caso, indemnizar al afectado. Desechada
con fecha 18-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
69   Proyecto de decreto que adiciona un Capítulo III al Título Decimoctavo y el artículo 287 Bis al Código Penal Federal.


Proponente: King De la Rosa Raymundo (PRI)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Justicia
Crear el tipo penal de ¿robo de identidad¿, que se configurará cuando por cualquier medio, se suplante con fines ilícitos o de apropiamiento de datos personales, la identidad de otra persona, u otorgue su consentimiento para llevar a cabo la suplantación en su identidad. Fijar la pena de uno a cinco años de prisión, de cuatrocientos a seiscientos días multa y, en su caso, la reparación del daño causado, a la persona que cometa este delito. Establecer las conductas que se consideran equiparables al delito de robo de identidad. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
70   Proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la leyenda "Huelgas de Cananea y Río Blanco".


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda "Huelgas de Cananea y Río Blanco". Desechada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
71   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Zavaleta Salgado Ruth (PVEM)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Gobernación
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales: adicionar a los derechos de los ciudadanos mexicanos, el de postularse como candidatos independientes a cargos de elección popular y el de presentar iniciativas de consulta popular. Establecer, entre otros puntos, los requisitos que deberá cumplir un candidato independiente para competir en las elecciones federales; el proceso de registro de las candidaturas independientes y sus restricciones; los derechos y obligaciones de los candidatos independientes. Homologar las disposiciones en materia electoral de los partidos políticos y de los candidatos independientes, como son las obligaciones en materia de transparencia, las prerrogativas y el acceso a los medios de comunicación. Establecer que los aspirantes a candidaturas independientes podrán adquirir financiamiento privado sólo para lograr el registro como
candidatos independientes, sin embargo, para el desarrollo de las campañas electorales éstos contarán exclusivamente con financiamiento público. Establecer el tope de gastos, respecto del financiamiento privado. Modificar el nombre de la ¿Dirección Ejecutiva de Organización Electoral¿ por el de ¿Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Consultas Ciudadanas¿. Permitir a los candidatos independientes con registro, tener un representante dentro del Consejo General del Instituto Federal Electoral y de los Consejos Locales y Distritales, mismos que participarán con voz, pero sin voto. Incorporar a la legislación electoral, la consulta popular, así como regular y definir la implementación de la misma. Incluir las infracciones aplicables para los candidatos independientes.

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos: establecer como atribución del Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, recibir las iniciativas ciudadanas, verificar su validez y dictar el trámite correspondiente, de acuerdo a los criterios definidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados, así como para recibir las iniciativas para la consulta popular provenientes de la ciudadanía.

Reglamento de la Cámara de Diputados: establecer como derecho de los Diputados, presentar iniciativas de consulta popular. Establecer que las iniciativas de consulta popular presentadas por el Ejecutivo Federal y los legisladores tendrán el mismo trámite que una iniciativa. Permitir a los organizadores de la iniciativa ciudadana, enviar hasta tres personas a la reunión de la Comisión en que se dictamine dicha iniciativa.
Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
72   Proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Ley Agraria.


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PAN)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Reforma Agraria
Establecer la prohibición de los latifundios en las superficies de tierras agrícolas, ganaderas o forestales que, siendo propiedad de un solo individuo, excedan los límites de la pequeña propiedad. Aprobada
con fecha 21-Abril-2015



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
73   Proyecto de decreto que reforma el artículo 72 del Reglamento para la Cámara de Diputados.


Proponente: Gaudiano Rovirosa Gerardo (PRD)


Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Modificar el procedimiento contemplado para la ¿declinatoria de competencia¿ respecto a la solicitud de modificación de turno hecha por una Comisión, para lo cual, el Presidente de una Comisión acreditará su personalidad a través de escrito dirigido al Presidente de la Cámara de Diputados, quién contará con 3 días para resolver la procedencia de la declinatoria de competencia y, en caso de no hacerlo, se considerará como afirmativa ficta la declinatoria promovida por el Presidente de la Junta Directiva. Establecer que la resolución que se dicte deberá estar fundada y motivada. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
74   Proyecto de decreto que reforma los artículos 61, fracción I, y 61 Bis de la Ley General de Salud, y se adiciona la fracción VI, recorriendo el subsecuente, del artículo 6 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Diputados integrantes de MOVIMIENTO CIUDADANO (MC)

Suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Avila (MC)
Fecha de presentación: 5-Junio-2013

  - Igualdad de Género
Prever como objetivo en la atención materno-infantil, que el parto llegue a buen término, garantizando en todo momento un parto humanizado, sin violencia y con autonomía reproductiva. Considerar como tipo de violencia contra las mujeres, la ¿violencia obstétrica¿. Retirada


Publicación en Gaceta: 11-Junio-2013
75   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123, Apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la restricción de edad constitucional establecida para el trabajo de menores, pasando de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
76   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y se adiciona el artículo 4o-c a la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Congreso del Estado de Chihuahua (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Establecer que el Proyecto de Decreto, los anexos y tomos del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, deberán incluir las previsiones del Fondo de compensación a los Estados tributarios, por el agua aportada al Tratado Internacional de Aguas de 1944, sobre la tercera parte que reciben los Estados Unidos de América; dicho fondo estará conformado con el 0.06% de la recaudación federal participable, el cual será destinado exclusivamente a la realización de acciones y obras relacionadas con la materia hídrica, priorizando aquellas zonas geográficas en donde se originan las cuencas; asimismo será distribuido entre los tributarios aludidos en el Tratado Internacional citado, para lo cual se tomarán en cuenta los datos de las estaciones hidrométricas del año anterior a entregarse el fondo, de la Comisión Internacional de Límites y Aguas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
77   Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Congreso del Estado de Durango (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Fortalecer a los municipios, estableciendo que en la administración de su hacienda, de las contribuciones, sólo estarán exentos los bienes de dominio público como son las vías generales de comunicación, respecto a lo que establezcan los Estados sobre la propiedad inmobiliaria. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
78   Proyecto de decreto que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.


Proponente: Congreso del Estado de Durango (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Presupuesto y Cuenta Pública
Prever que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal serán responsables de elaborar los proyectos de las reglas de operación del sector, mismas que deberán presentarse a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el último día del mes de octubre; establecer que las dependencias y entidades deberán remitir a la Cámara de Diputados las propuestas de reglas de operación para su análisis y aprobación, previa la opinión de los gobiernos locales y sectores involucrados. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
79   Proyecto de decreto que reforma el numeral 3 del artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Rivadeneyra Hernández Alfredo (PAN)

Suscrita por la Dip. Adriana González Carrillo (PAN)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Crear al interior de la Cámara de Diputados, en el ámbito de la Secretaría General y adscrito a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, el Centro de Estudios para la Seguridad. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
80   Proyecto de decreto que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)

A nombre propio y de la Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD) y suscrita por diversos diputados integrantes del grupo parlamentario PRD
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Aumentar la edad para la jornada laboral nocturna de ¿dieciséis¿ a ¿dieciocho¿ años. Aumentar la edad mínima para trabajar de ¿catorce¿ a ¿quince¿ años. Establecer que el Estado mexicano elevará progresivamente la edad mínima de admisión al trabajo, a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores. Aprobada
con fecha 5-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
81   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 25 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cantú Garza Ricardo (PT)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer la prohibición del Ejecutivo Federal y del Congreso de la Unión, para emitir leyes, decretos, acuerdos, contratos o disposiciones de carácter general, mediante los cuales se convierta en pública la deuda de agentes económicos privados. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
82   Proyecto de decreto que adiciona la fracción vii al artículo 17 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Igualdad de Género
Considerar en la política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres que desarrolle el Ejecutivo Federal, promover que las prácticas y la comunicación social de las dependencias públicas, así como los medios electrónicos e impresos, se eliminen estereotipos sexistas y discriminatorios e incorporen un lenguaje incluyente. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
83   Proyecto de decreto que reforma y adiciona 72 bis de la Ley General de Salud.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Salud
Garantizar la asistencia y atención médica, psicológica, psiquiátrica, traumatológica y tanatológica, a las personas que hayan sufrido de lesiones, enfermedades y traumas emocionales, como consecuencia de delitos vinculados a la delincuencia organizada. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
84   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Policía Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código de Justicia Militar y del Código Penal Federal.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Justicia
Establecer que las Instituciones encargadas del orden público, actuarán en todo momento con apego irrestricto de los derechos humanos y garantías consagradas en la Constitución en favor de la ciudadanía; de no hacerlo así, se les sancionará en los términos que prescribe el Código Penal Federal para el delito de abuso de autoridad. El Ministerio Público estará obligado a corroborar que a la persona detenida, se le haya informado sobre sus derechos y garantías. Lo anterior, se aplicará en lo conducente a la justicia castrense. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
85   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 5 de la Ley de Organizaciones Ganaderas.


Proponente: López López Raudel (PAN)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Ganadería
Establecer que las organizaciones ganaderas tendrán entres sus objetivos, difundir entre todos sus asociados los programas de apoyos gubernamentales encaminados hacia su sector. Aprobada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
86   Proyecto de decreto que adiciona un párrafo cuarto al artículo 47 de la Ley General de Educación.


Proponente: Gómez Michel Gabriel (PRI)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Prever que en los programas de estudios deberán establecerse los principios de la educación ambiental sustentable, que permitan desarrollar capacidades, competencias, actitudes y valores para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y el medio ambiente. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 4-Julio-2013
87   Proyecto de decreto que se expide la Ley Federal Sobre el Uso Legítimo de la Fuerza por las Instituciones de Seguridad Pública.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

Unidas  - Gobernación
- Seguridad Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el uso de la fuerza que ejercen los integrantes de las instituciones federales de seguridad pública, en cumplimiento de sus funciones; así como de los militares que actúen en coadyuvancia con instituciones de seguridad pública de los tres niveles de gobierno. Establecer los principios generales para el uso legítimo de la fuerza pública; así como las disposiciones relativas a: reglas para el uso de la fuerza en detenciones; uso de la fuerza en instituciones de prevención y readaptación social; reglas para el uso de la fuerza en caso de desastres; del cuidado de las personas después de que se ha usado la fuerza en su contra y de la información a familiares; de los informes del uso de la fuerza y de la utilización de armas de fuego; de la capacitación y certificación para el uso de la fuerza a los integrantes de las instituciones federales de seguridad pública; y del uso de la fuerza por servicios privados de seguridad, entre otras. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
88   Proyecto de decreto que abroga la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.


Proponente: Gaudiano Rovirosa Gerardo (PRD)


Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Abrogar la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
89   Proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. y 3o. de la Ley Federal de Sanidad Animal.


Proponente: Diputados integrantes del PRI (PRI)

Suscrita por los diputados Javier López Zavala, Leobardo Alcalá Padilla y José Luis Flores Méndez (PRI)
Fecha de presentación: 12-Junio-2013

  - Ganadería
Establecer que la certificación de establecimientos dedicados al sacrificio de animales y procesamiento de bienes de origen animal de competencia municipal, estatal y del Distrito Federal o concesionados, se realizará a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), de manera regular, permanente y coordinada con la secretaría de Salud y, en su caso, a petición de los gobiernos locales, con servicios Tipo Inspección Federal, o con plantas y unidades aprobadas y certificadas por la SAGARPA. Retirada


Publicación en Gaceta: 17-Junio-2013
90   Proyecto de decreto que reforma al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 3º y 42 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Villarreal García Luis Alberto (PAN)

A nombre propio y de los Diputados Adriana González Carrillo y Alfredo Rivadeneyra Hernández (PAN)
Fecha de presentación: 19-Junio-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Vivienda
Prever que los trabajadores podrán utilizar sus fondos de vivienda para el financiamiento de la educación a nivel medio o a nivel superior. La Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establecerá la regulación respectiva. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
91   Proyecto de decreto que reforma el artículo 2448-d del Código Civil Federal.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

A nombre propio y de los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Justicia
Establecer que en el caso del arrendamiento de bienes destinados a la habitación, la renta sólo podrá ser aumentada anualmente. Se especifica que en los contratos en que el importe de la renta mensual no exceda de 150 salarios mínimos generales vigentes, el incremento no podrá exceder del 10% de la cantidad pactada como renta mensual. Sujetar al arrendador en el incremento de la renta, pudiendo incrementarla hasta en una proporción que no sea superior al 100% del incremento que haya tenido el índice de precios al consumidor en el año calendario inmediato anterior. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
92   Proyecto de decreto que reforma la fracción iv del artículo 73 y el Capítulo iii del Título Décimo Primero de la Ley General de Salud.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Salud
Incluir en las acciones y campañas de promoción de salud mental y atención de personas con trastornos mentales y del comportamiento, implementadas por la Secretaría de Salud y por los gobiernos locales, la realización de campañas y programas para la prevención y control de la dependencia por el uso excesivo de dispositivos electrónicos. Incluir un capítulo denominado ¿Programa contra la dependencia al uso de uno o varios dispositivos electrónicos¿, en el que se establecen las bases y disposiciones concernientes a la aplicación de dicho programa. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
93   Proyecto de decreto que reforma el artículo 16 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Derechos de la Niñez
Cambiar ¿discapacidad física¿ por ¿discapacidad¿ respecto de los conceptos considerados discriminatorios a los que pueden ser sujetos las niñas, niños y adolescentes, por considerar que existen otros tipos de discapacidad. Aprobada
con fecha 31-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
94   Proyecto de decreto que reforma el artículo 3 inciso e) de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Derechos de la Niñez
Establecer en el principio rector de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, relativo a tener una vida libre de violencia, el evitar que éstos, sean estigmatizados y criminalizados por sus vínculos familiares con presuntos integrantes de la delincuencia organizada. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
95   Proyecto de decreto que adiciona un artículo transitorio a la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Prever las obligaciones fiscales y aduaneras que deberán cumplir las empresas con programa de maquila bajo la modalidad de albergue. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
96   Proyecto de decreto que reforma el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo.


Proponente: Alcalde Luján Luisa María (MC)

Suscrita por el Dip. José Francisco Coronato Rodríguez (MC)
Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Trabajo y Previsión Social
Considerar que a ningún ciudadano se le puede negar el derecho de trabajar en la profesión u oficio de su elección por tener antecedentes penales. Establecer la prohibición a los patrones o a sus representantes de solicitar información relacionada con los antecedentes penales de los aspirantes a un empleo o a trabajadores, salvo en los casos específicos en los que la ley lo establezca. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
97   Proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; se adiciona una fracción XII al artículo 21 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y se adiciona un inciso h) al artículo 108 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Sampayo Ortíz Ramón Antonio (PAN)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

Unidas  - Transparencia y Anticorrupción
- Hacienda y Crédito Público
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Adicionar la figura de ¿signos externos de riqueza¿, para el caso de que el patrimonio de un servidor público sea superior a los ingresos declarados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Ley del Servicio de Administración Tributaria. Incluir en la elaboración y publicación anual del programa de mejora continua que elabora el SAT, la información sobre actividades u operaciones que permita descubrir ingresos no declarados o signos externos de riqueza de un servidor público.
Código Fiscal de la Federación. Incluir en los supuestos contemplados para la actualización del delito de defraudación fiscal, el manifestar datos falsos respecto a los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal que corresponda. Establecer que la pena respectiva aumentará cuando se trate de servidores públicos en funciones.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
98   Proyecto de decreto que reforman los artículos 7 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 19-Junio-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que la libertad de expresión y la libertad de prensa, así como la difusión de las ideas, pensamiento y de las opiniones, serán garantizados por el Estado. Por lo tanto, esta actividad tendrá como único límite lo previsto en la Constitución. Establecer que ninguna persona que intervenga en el proceso de comunicación de la información podrá ser reprimida, despedida, cesada o silenciada por la libre manifestación de sus ideas o pensamientos. Prever el límite a los gastos en propaganda gubernamental. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 24-Junio-2013
99   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.


Proponente: Flores Méndez José Luis (PRI)

A nombre propio y del Dip. Abel Salgado Peña (PRI)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Modificar los plazos que rigen las actividades informativas de las Sociedades de Información Crediticia. Disminuir el plazo de 72 a 24 meses para que las sociedades conserven los historiales crediticios que les sean proporcionados por los usuarios, correspondientes a cualquier persona física o moral. Reducir de 12 a 6 meses el tiempo para que el cliente pueda solicitar un Reporte de Crédito Especial. Implementar el estado de suspensión de actividades del cliente, en el que se suspenderá la información generada por el usuario en poder de las Sociedades; dicho estado podrá decretarlo la Condusef, escuchando las razones que le haga el cliente, sin perjuicio para su historial crediticio y sin que éste pueda extenderse más allá de seis meses. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
100   Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del artículo 29 constitucional.


Proponente: Alonso Raya Agustín Miguel (PRD)

A nombre propio y del Dip. Fernando Zárate Salgado (PRD)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

Unidas  - Derechos Humanos
- Justicia
Con Opinión de  - Presupuesto y Cuenta Pública
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer el mecanismo por el cual el Presidente de la República podrá promulgar un decreto del Congreso de la Unión para restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de determinados derechos humanos y sus garantías, que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto; a efecto de de facilitar al Estado, el control de una situación de peligro real e inminente en que se encuentre la población, para protección de un bien jurídico superior. Se establecen disposiciones relativas a la prevención en materia de seguridad interior y de la defensa exterior de la federación. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
101   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Huerta Ladrón de Guevara Manuel Rafael (PT)

A nombre propio y de la Dip. Loretta Ortiz Ahlf (PT)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Gobernación
Aumentar de 2 a 4 el número de debates entre los candidatos registrados para Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. El primer debate tendrá lugar en la primera semana de mayo; el segundo la tercera semana de mayo; el tercero durante la primera semana de junio y el último en la cuarta semana de junio del año de la elección. Prever que el IFE garantizará la transmisión de los debates en todo el territorio nacional; asimismo sancionará a los concesionarios o permisionarios de radio y televisión cuando no transmitan el debate correspondiente. Pendiente


Publicación en Gaceta: 4-Julio-2013
102   Proyecto de decreto que reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Pérez Hernández Rosa Elba (PVEM)

A nombre propio y del diputado Tomás Torres Mercado (PVEM)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Adicionar un Capítulo denominado ¿Del Fomento de las Áreas Naturales destinadas voluntariamente a la Conservación¿, al título VII
¿De los Estímulos Fiscales¿, en el que se crea un estímulo fiscal de hasta 10 % a los contribuyentes del ISR, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente al monto que aporten a proyectos de inversión para el manejo de áreas destinadas voluntariamente a la conservación, contra el impuesto sobre la renta que tenga a su cargo en el ejercicio en el que se determine el crédito. Considerar como proyectos de inversión, las inversiones en territorio nacional destinadas específicamente a la ejecución de las estrategias de manejo de áreas destinadas voluntariamente a la conservación. Crear un Comité Interinstitucional encargado de evaluar y aprobar los proyectos de inversión, así como de autorizar el monto del estímulo a distribuir entre los aspirantes del beneficio.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Julio-2013
103   Proyecto de decreto que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

A nombre propio y de los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Defensa Nacional
Establecer que para efectos del control de la posesión de armas, las personas deberán manifestar los domicilios de residencia y no ¿un único domicilio¿ como se estipula actualmente. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 4-Julio-2013
104   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 9 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Proponente: Velasco Orozco Víctor Hugo (PRI)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Desarrollo Social
Establecer la obligación de las organizaciones de la sociedad civil que reciban apoyos y estímulos públicos, de integrar un padrón de beneficiarios por las actividades que realicen, mismo que deberá ser entregado a la dependencia o entidad del gobierno federal de donde hayan emanado los recursos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
105   Proyecto de decreto por el que se crea la Ley Reglamentaria de los artículos 25 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de competitividad.


Proponente: Orive Bellinger Adolfo (PT)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Competitividad
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto aumentar la productividad total de los factores de la producción en la economía en general y de los sectores y regiones económicos seleccionados en particular; establecer una política industrial o política moderna de fomento económico mediante la que se impulse el incremento anual y sostenido de la productividad y la competitividad, los cambios en la estructura productiva del país hacia los sectores y regiones económicos seleccionados, las cadenas productivas, el incremento del contenido tecnológico y del valor agregado nacionales, el desarrollo económico y el empleo decente; regular al Comité Nacional de Productividad como ente encargado de la política industrial o política moderna de fomento económico del país; emprender el cambio estructural de la economía del país a través de la reasignación de recursos y factores de la economía nacional hacia sectores y regiones más productivas, dinámicas y competitivas; fijar las bases para la determinación de los sectores y regiones económicos seleccionados del país; fomentar e incrementar la producción nacional de bienes y servicios de alto valor agregado; fortalecer el mercado interno; y promover la productividad como eje rector en el diseño e implementación de las políticas públicas que lleve a cabo la Administración Pública Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
106   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 390 del Código Penal Federal.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Justicia
Incrementar la sanción penal de ¿dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa¿ a ¿cuatro a quince años de prisión y de doscientos ochenta y ocho a setecientos veinte días multa¿, a quien cometa el delito de extorsión. Establecer las agravantes del delito de extorsión. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
107   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 5 Bis de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.


Proponente: Prieto Herrera Humberto Armando (PAN)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que las entidades financieras y comerciales cobrarán una comisión del 0.8 % del total del monto que se retire en efectivo de tarjetas de débito, por el uso de cajeros automáticos de un banco distinto al emisor de la cuenta bancaria del cliente. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
108   Proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la frase "Mujeres sufragistas SS. XIX y XX".


Proponente: Mícher Camarena Martha Lucía (PRD)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la frase "Mujeres sufragistas SS. XIX y XX". Desechada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
109   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Proponente: López Candido José Arturo (PT)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Justicia
Prever que al aplicar la pena por cometer el delito de terrorismo, se respetarán los preceptos de los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Establecer que en el tipo penal de financiamiento de terrorismo, los actos terroristas pueden ser internacionales o nacionales, en apoyo de personas u organizaciones. Prever que al aplicar las penas por los delitos que sean cometidos por algún miembro de la delincuencia organizada, serán respetados los principios que establece la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
110   Proyecto de decreto que reforma los artículos 41 y 44 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Martínez Santillán Ma. del Carmen (PT)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Vivienda
Establecer que cuando el trabajador haya realizado el pago de dos veces el valor de la vivienda, el instituto lo liberará del saldo pendiente, excepto en caso de pagos omisos del trabajador o por prórrogas concedidas. Para tal efecto se procederá a hacer un avalúo, designando de común acuerdo un valuador, y en caso de no haber consenso, se procederá a dar vista al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Modificar el plazo que se concederá en los créditos, estableciendo que éste será no mayor a ¿20 años¿, y no de hasta ¿30 años¿ como se dispone actualmente. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
111   Proyecto de decreto que adiciona la fracción XXI Bis al artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Coronado Quintanilla Alberto (PAN)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Gobernación
Facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para coordinar y establecer las normas e indicadores de control interno que aplicarán las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, para llevar, administrar y transparentar el registro de asistencia laboral en sus oficinas a través de la utilización de datos biométricos, del personal de base y confianza adscritos orgánicamente a las unidades administrativas establecidas en el reglamento interior respectivo. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
112   Proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 108 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Proponente: Congreso del Estado de Colima (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Seguridad Pública
Establecer dentro de las facultades de los Centros Nacional de Acreditación y Control de Confianza, el proponer lineamientos para la aplicación de exámenes de ¿valoración multidisciplinaria¿. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
113   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.


Proponente: López Brito Francisco Salvador (Senadores)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el impuesto de 0.35 pesos a 0.90 pesos por cigarro enajenado o importado, actualizándolo anualmente en el mes de enero de cada año. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
114   Proyecto de decreto que modifica los artículos 669, 670 y 705 del Código Civil Federal.


Proponente: Prieto Herrera Humberto Armando (PAN)


Fecha de presentación: 26-Junio-2013

  - Justicia
Reducir de ¿dos¿ a ¿un¿ año, el periodo de tiempo para solicitar la declaración de ausencia; de ¿tres¿ a ¿dos¿ años, para los mismos efectos, cuando el ausente haya nombrado a un apoderado para la administración de sus bienes; y de ¿seis¿ a ¿tres¿ años, el término para que el Juez, a petición de parte, declare la presunción de muerte. Establecer que en los casos de personas no localizadas por la presunta intervención de la delincuencia organizada, a juicio del Ministerio Público, bastará que hayan transcurrido dos años para la declaración de presunción de muerte, sin que exista una declaración de ausencia previa. Retirada


Publicación en Gaceta: 3-Julio-2013
115   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.


Proponente: Flores Méndez José Luis (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Medio Ambiente y Recursos Naturales
Facultar a la SEMARNAT para hacer públicas las sanciones impuestas a las actividades realizadas con organismos genéticamente modificados que no cumplan con la normatividad y que representen un riesgo para la población Desechada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
116   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 74 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Cuéllar Reyes Fernando (PRD)

Anombre propio y de la Dip. Alfa Eliana González Magallanes (PRD)
Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Incluir en las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados, la de emitir los reglamentos en caso de que el Ejecutivo federal omita el oportuno cumplimiento de dicha facultad, en cuanto a la publicación de las normas que expide el Congreso; esto es, se establece un plazo máximo de 30 días hábiles para que el Presidente emita los reglamentos, al término del cual, en caso de no hacerlo, la Cámara de Diputados contará con el mismo plazo para expedirlos. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
117   Proyecto de decreto que reforma los artículos 122, Base Cuarta, numeral 1, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 9 y 82 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Torres Mercado Tomás (PVEM)

A nombre propio y del Dip. Antonio Cuéllar Steffan (PVEM)
Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que el cargo de los Magistrados, tanto del Tribunal Superior de Justicia como del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, respectivamente, se ejercerán por un periodo de ¿quince¿ años y no de ¿seis¿ como se establece actualmente. Eliminar la posibilidad de que los magistrados del Distrito Federal puedan ser ratificados al término de su nombramiento. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
118   Proyecto de decreto que adiciona la fracción VI al inciso a) del numeral 1 del artículo 78 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Oliveros Usabiaga José Luis (PAN)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Gobernación
Establecer dentro de las actividades permanentes de financiamiento público de los partidos políticos, el destinar anualmente el dos por cierto del mismo para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de los jóvenes, entendiéndose éstos como los comprendidos en la edad de hasta 29 años, establecida en la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Pendiente


Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
119   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad Industrial.


Proponente: Alcalde Luján Luisa María (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Economía
Facultar al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial para sustanciar los procedimientos de oposición en materia de patentes. Establecer que no se considerarán invenciones en el ramo farmacéutico, los enantiómeros individuales, las sales, estéres, éteres, y otros compuestos químicos; así como la yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de uso, de forma o presentación, salvo en los casos en que se trate de una combinación o fusión, de manera que sus partes no puedan funcionar separadamente para la finalidad que se propone y que sea distinta a la de las propias invenciones o productos que se combinarán, en cuyo caso de otorgará una nueva patente. Mejorar el esquema para la imposición de licencias obligatorias, dando participación a los centros de investigación no gubernamentales, como Universidades e instituciones privadas, así como disminuir el tiempo para atender dichas solicitudes de licencia. Mejorar los medios para la detección de emergencias nacionales relacionadas con alguna enfermedad o distribución o desabasto de algún fármaco. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
120   Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 59 Ter de la Ley Federal de Radio y Televisión.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Radio y Televisión
Incluir en los deberes de la Programación General dirigida a la población infantil que transmitan las estaciones de radio y televisión, el difundir y promover los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes. Desechada
con fecha 16-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
121   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Calderón Ramírez Leticia (PRI)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Gobernación
Incluir en la legislación la figura de ¿candidaturas independientes¿ para ocupar los cargos de representación popular par Presidente de la República, Senadores y Diputados Federales. Adicionar un capítulo sobre los derechos y obligaciones de las candidaturas independientes, en el que se establecen las particularidades sobre las formas y procedimientos para el registro, campaña y financiamiento de las mismas. Pendiente


Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
122   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Instituto de Seguridad Social y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y de la Ley de Seguro Social.


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PAN)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Trabajo y Previsión Social
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establecer que las mujeres gozarán forzosamente de un descanso de un mes anterior a la fecha fijada aproximadamente para el parto y dos meses posteriores al mismo.
Ley Federal del Trabajo. Asentar que las mujeres disfrutarán de un descanso de un mes anterior y dos meses posteriores al parto.
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio. Estatuir un mes de descanso previo al parto y dos meses después del mismo y, en el caso de parto prematuro, agregar 20 días adicionales al alumbramiento según preinscripción médica.
Ley del Seguro Social. Señalar que el disfrute de las prestaciones de maternidad se iniciará a partir del día en que el IMSS certifique el estado de embarazo, contando con un descanso de un mes previo al parto y dos meses después del mismo y, en el caso de parto prematuro, considerar 62 días de descanso de acuerdo a preinscripción médica.
Desechada (art. 89)
con fecha 28-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
123   Proyecto que reforma la Ley General de Cambio Climático.


Proponente: Pérez Hernández Rosa Elba (PVEM)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Cambio Climático
Contemplar en la atribución que tiene la federación de realizar campañas de educación e información para sensibilizar a la población sobre los efectos de la variación del clima, que se realicen campañas sobre las causas que propician tal variación. Aprobada
con fecha 29-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
124   Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 25 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Facultar a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados y de Senadores, para requerir al Servicio de Administración Tributaria (SAT), información específica de contribuyentes, relativa a su nombre, domicilio, actividad, ingreso total, utilidad fiscal o valor de sus actos o actividades y contribuciones acreditables o pagadas, así como cualquier otra información que consideren necesaria, con el objeto de realizar la evaluación económica de los ingresos y egresos federales y de la gestión del SAT, de ejercer las facultades de fiscalización de recursos públicos, y de emprender investigaciones que, dentro de su competencia, correspondan al Congreso de la Unión; y en caso de encontrar irregularidades en la información deberán hacerla del conocimiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que proceda de conformidad a la legislación aplicable. Establecer que la información que obtengan las Comisiones, no podrá ser difundida. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
125   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de impugnación en Materia Electoral.


Proponente: Angulo Parra Carlos Fernando (PAN)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Justicia
Adicionar a las causales de procedencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales, violaciones al derecho del ciudadano de votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional y al derecho de ser votado en las elecciones populares solicitando su registro por algún partido político o de manera independiente. Establecer que el juicio podrá ser promovido por el ciudadano cuando considere que se violó su derecho político-electoral de ser votado, cuando le sea negado indebidamente su registro como candidato independiente a un cargo de elección popular. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
126   Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Gobernación
Establecer que la publicitación de información relativa a la situación patrimonial de servidores públicos, no contendrá datos personales de éste, de su cónyuge, dependientes económicos o terceros, para lo cual la Secretaría correspondiente realizará una versión pública de este registro. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
127   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 28, inciso k) de la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y 185, fracción l de la Ley General de Salud.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y de los Diputados Ricardo Monreal Ávila y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Derechos de la Niñez
Incluir en las acciones de coordinación entre la Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el Consejo de Salubridad General, para la ejecución del programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas, el fomentar estrategias, programas y acciones de orientación, prevención, tratamiento y rehabilitación de las adicciones, elaborándolas a partir de las formas de uso y patrones de consumo, como el eyeballing y tampodka. Aprobada
con fecha 23-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
128   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer la obligación al Presidente de la República, para que asista a la sesión de instalación de Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio constitucional del Congreso de la Unión, y haga entrega de un informe por escrito al Presidente del Congreso, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país; posteriormente dirigirá un discurso en el que señalará el contenido del mismo, así como los logros, retos y obstáculos que ha tenido la administración a su cargo; asimismo, en presencia del Presidente de la República, los grupos parlamentarios formularán posicionamientos sobre el estado que guarda la Nación. Establecer que en la apertura de las sesiones extraordinarias del Congreso de la Unión, o de una sola de sus Cámaras, el Presidente de la Comisión Permanente deberá informar los motivos que originaron la convocatoria. Desechada (art. 89)
con fecha 1-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Julio-2013
129   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 34-Bis a la Ley del Servicio de Administración Tributaria, 303-B a la Ley del Seguro Social y 71 a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Licea González Margarita (PAN)


Fecha de presentación: 3-Julio-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Seguridad Social
- Vivienda
Establecer las causales de responsabilidad patrimonial relacionadas con los actos que las autoridades fiscales emiten de manera ilegal o irregular, en contra de los contribuyentes para solicitar a dichas autoridades la reparación del daño por concepto de daños o perjuicios. Entre las causales, se establece que: el embargo precautorio o el embargo e inmovilización de cuentas, hayan sido emitidos o trabados en contravención a las disposiciones legales aplicables y sea declarado así por autoridad competente; no se deje sin efectos el embargo precautorio, por haber desaparecido la causa que lo originó o por haber obtenido el contribuyente una orden de suspensión; no se ordene la liberación de las cuentas a las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en los plazos previstos; se haya ordenado un embargo precautorio o un embargo e inmovilización de cuentas por una cantidad mayor a la del crédito fiscal actualizado, junto con sus accesorios legales; se viole un acuerdo de suspensión emitido por autoridad competente, dentro de los procedimientos jurisdiccionales y; se transfieran al fisco federal los recursos embargados e inmovilizados sin cumplir el procedimiento previsto. Retirada


Publicación en Gaceta: 5-Marzo-2013
130   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Población.


Proponente: López Zavala Javier (PRI)

A nombre propio y de los integrantes de la Comisión de Población
Fecha de presentación: 10-Julio-2013

Unidas  - Población
- Asuntos Migratorios
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto conducir la política demográfica vinculada con el desarrollo económico, así como instrumentar los programas demográficos del país considerando su volumen, ritmo de crecimiento, estructura y distribución territorial de la población, tomando en cuenta las variables que determinan la dinámica demográfica, la fecundidad, la mortalidad y la migración tanto interna como internacional; así como regular y fortalecer la política pública de población, el derecho a la identidad, el registro nacional de población y la cultura demográfica, tendiente al desarrollo humano integral, mejorar las condiciones de bienestar y la calidad de vida, preservando los valores culturales de la Nación. Hacer explícitas la concurrencia en materia de población entre la federación, los estados y municipios, así como de sus mecanismos de coordinación. Fortalecer al CONAPO como órgano ejecutivo para la conducción de la planeación demográfica del país. Priorizar las consecuencias que se derivan de la emigración internacional: impulsar la retención, el desarrollo económico de las zonas de expulsión, considerar efectos de la separación de las familias, atención a población de retorno, vulneración de derechos de las mujeres migrantes y de adultos mayores que se quedan, niñas y niños abandonados, secuestro y trata de personas. Regular el Registro Nacional de Población y el Registro Nacional de Ciudadanos, sus facultades y atribuciones. Establecer reglas para la Cédula de Identidad, el Banco de Datos y la seguridad de los mismos. Señalar responsabilidades y sanciones por violaciones u omisiones a las disposiciones de esta Ley. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
131   Proyecto de decreto por el que se crea la Ley General de Interculturalidad y Población.


Proponente: Alavez Ruiz Aleida (PRD)


Fecha de presentación: 10-Julio-2013

Unidas  - Población
- Asuntos Migratorios
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular y propiciar la preservación, fomento, promoción, protección y difusión de la pluriculturalidad e interculturalidad; regular los fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, estructura, dinámica y distribución con el fin de lograr que participe justa y equitativamente de los beneficios del desarrollo económico, social, político, cultural y ambiental, que permita eliminar la pobreza, desigualdad e inequidad social sobre la base del respeto de los derechos humanos; definir la distribución de competencias concurrentes entre los distintos órdenes de gobierno y propiciar la concertación social; regular la política pública de interculturalidad y población y sus instrumentos de aplicación; y regular la movilidad humana. Crear el Instituto Nacional de Interculturalidad y Población, como organismo autónomo de la administración pública federal con personalidad jurídica, patrimonio propio, y autonomía operativa y financiera para el buen desempeño de sus funciones, con el objetivo de aplicar la política de interculturalidad y población. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
132   Proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la fracción IX, recorriendo la subsecuente del artículo 140 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Deporte
Adicionar como atribución de la Comisión Especial Contra la Violencia en el Deporte, el suspender la venta de bebidas alcohólicas 30 minutos antes de finalizar los espectáculos deportivos, en específico en los partidos de futbol soccer, con el propósito de garantizar el orden y la paz social durante y después de la realización de estos eventos. Desechada
con fecha 7-Noviembre-2013



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
133   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 211 Bis 8 al Código Penal Federal.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Justicia
Tipificar como delito la revelación, divulgación, utilización, publicación y/o circulación de cualquier información videograbada, fotografías, filmaciones o imágenes obtenidas en la red pública o privada o de las redes sociales de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, aparatos electrónicos o de telefonía, sus sucedáneos avances tecnológicos, respecto de menores de 18 años de edad o aquellos declarados como inimputables, que atenten en contra de su dignidad, prestigio, honor público y libre desarrollo de la personalidad, imponiendo de 3 a 5 años de prisión y multa de 100 a 300 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Señalar esta misma conducta como agravante si la información es utilizada para cometer los delitos de violación, robo, extorsión o fraude, adicionando a la pena que corresponda, la de prisión de entre 4 a 6 años y multa de 200 a 500 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
134   Proyecto de decreto que reforma los artículos 74 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por la Dip. Luisa María Alcalde Luján (MC)
Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Otorgar a la Cámara de Diputados la facultad exclusiva de aprobar anualmente el aumento al salario mínimo, previa opinión de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos que deberá hacerla llegar a la Cámara a más tardar el 15 de octubre de cada año, mediante comparecencia del Presidente de la Comisión Nacional. Establecer que el aumento salarial deberá quedar aprobado a más tardar el 15 de noviembre de cada año. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
135   Proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 17 de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables.


Proponente: Moreno Cárdenas Rafael Alejandro (PRI)


Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Pesca
Adicionar a los principios que se deben observar para la formulación y conducción de la Política Nacional de Pesca y Acuacultura Sustentables, en la aplicación de los programas y los instrumentos que se deriven de la Ley: posicionar los productos pesqueros y acuícolas nacionales en los mercados de alto valor; impulsar el establecimiento de una cultura de inocuidad en el manejo, distribución y comercialización de productos pesqueros y acuícolas; considerar que los sectores pesquero y acuícola se desarrollarán desde una perspectiva sostenible, que integre y concilie los factores económicos, sociales y ambientales; instrumentar políticas públicas con enfoque interdisciplinario para el fortalecimiento y desarrollo de una cultura empresarial pesquera y acuícola; impulso regional equilibrado y equitativo; así como financiar el desarrollo y la innovación tecnológica y científica, modernizar la flota pesquera, unidades de cultivo, técnicas ecoeficientes, plantas procesadoras, métodos y artes de captura. Aprobada
con fecha 4-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
136   Proyecto de decreto por el que se declara a nivel nacional el año 2014 como "Año del Centenario de la Soberana Convención Militar Revolucionaria de Aguascalientes".


Proponente: Congreso del Estado de Aguascalientes (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 10-Julio-2013

  - Gobernación
Declarar el año 2014 como "Año del Centenario de la Soberana Convención Militar Revolucionaria de Aguascalientes". Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 15-Julio-2013
137   Proyecto de decreto que reforma el artículo 109 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Congreso del Estado de Jalisco (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que cuando el autor de un delito sea el titular o responsable de una entidad pública y el delito se cometa en el ejercicio de sus funciones, las penas podrán duplicarse y el servidor público responsable será inhabilitado hasta por seis años para ejercer cualquier cargo público. Prever que para quien se beneficie sin derecho de un subsidio o estímulo fiscal, la denuncia podrá ser presentada además, por las personas a quienes les fue retenida la contribución no enterada. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
138   Proyecto de decreto que reforma el artículo 6 y adiciona el artículo 10 de la Ley que crea el Fideicomiso que dministrará el Fondo de Apoyo Social para Ex Trabajadores Migratorios Mexicanos.


Proponente: Congreso del Estado de Jalisco (Congresos Locales)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Agregar a los requisitos para ser beneficiarios de los apoyos a que se refiere el ordenamiento, acreditar haber sido trabajadores migratorios mexicanos con uno o más de los siguientes documentos originales o copias debidamente certificadas ante notario público o autoridad competente: tarjeta de identificación Consular (en plástico o papel); certificado de identidad o tarjeta de identificación (entregados por la Secretaría de Gobernación o por el patrón); identificación que expida la Secretaría de Relaciones Exteriores o la Secretaría de Gobernación; huellas digitales tomadas por el gobierno norteamericano bajo el Programa Bracero con el fin de determinar si el Trabajador Migratorio tenía antecedentes penales; y otros documentos probatorios otorgados por el gobierno mexicano o norteamericano que genere certidumbre de su condición como ex trabajador migratorio. Establecer la instalación de mesas receptoras con el fin de realizar un proceso de acreditación permanente y brindar atención e información a los ex trabajadores migratorios. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
139   Proyecto de decreto que reforma el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y del Código Penal Federal.


Proponente: Cuéllar Reyes Fernando (PRD)

A nombre del Dip. Fernando Zárate Salgado (PRD)
Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Crear tribunales especializados en materia penal militar, dentro de la estructura orgánica del Poder Judicial de la Federación, para los delitos que atenten contra la disciplina militar. Eliminar del texto Constitucional, el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar. Eliminar la competencia de la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina, la administración de justicia militar. Establecer que la Procuraduría General de la República contará con unidades especializadas para la investigación y persecución de delitos que atenten contra la disciplina militar. Establecer que los agentes de la policía militar, serán auxiliares suplementarios del Ministerio Público de la Federación. Crear los juzgados penales militares. Facultar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para conocer el recurso de revisión contra sentencias pronunciadas por los juzgados penales militares. Facultar a los Tribunales Colegiados de Circuito para conocer los recursos que procedan contra los autos y resoluciones que pronuncien los jueces de distrito, juzgados penales militares, tribunales unitarios de circuito o el superior del tribunal responsable. Adicionar al Código Penal Federal, un Título Vigésimo Séptimo denominado ¿Delitos cometidos en contra de las fuerzas armadas o de la disciplina militar¿, en el que se contemplan entre otros delitos, los siguientes: traición a la patria, espionaje, rebelión, sedición, falsificación, deserción, insumisión, ultrajes y violencia contra la policía, insubordinación, abuso de autoridad, desobediencia, asonada, contra el honor militar. Desechada (art. 89)
con fecha 30-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
140   Proyecto de decreto que reforma el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Huerta Ladrón de Guevara Manuel Rafael (PT)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Incluir a los representantes de elección popular, dentro de los enumerados para recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
Establecer la obligación de los servidores públicos de elección popular, con mandos de dirección o que administren recursos y bienes de las entidades, a publicar su declaración patrimonial a partir de la fecha en que asuman su encargo o comisión, la que será verificada por el órgano de control que corresponda.
Desechada (art. 89)
con fecha 30-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
141   Proyecto de decreto que se adiciona los artículos 31 y 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Comunicaciones
Establecer que la instalación, operación o explotación de estaciones terrenas transmisoras se hará conforme a criterios específicos a saber: queda prohibida la instalación de antenas de telefonía móvil a menos de 600 metros del suelo urbano, viviendas escuelas, hospitales, espacios públicos como parques u otros y las antenas de telefonía móvil sólo podrán ser colocadas en carreteras y zonas despobladas.
Reclasificar la infracción de no cumplir con las obligaciones o condiciones establecidas en los títulos de concesión o permiso, estableciendo que la multa será del rango de ¿10,000 a 100,000¿ salarios mínimos, y no de ¿4,000 a 40,000¿ como se establece actualmente.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
142   Proyecto de decreto que reforma los artículos 402, 403, 405, 406, 407, 409, 411 y 412 del Código Penal Federal.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Justicia
Incrementar las penas que se establecen para los delitos electorales. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
143   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.


Proponente: Terán Juárez Jorge (PRI)

Suscrita por la Dip. Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI)
Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Recursos Hidráulicos
Establecer como derecho humano y asunto de seguridad nacional y alimentaria para la Nación, el agua, cuya preservación es tarea de los tres órdenes de gobierno y prioridad para el Estado mexicano. Fijar los criterios para establecer la política hídrica implementada por el Estado: sostenibilidad en la planeación, diseño e implantación; transversalidad para la instrumentación de políticas públicas con enfoque interdisciplinario; responsabilidad en el impulso y cumplimento de los tres niveles de gobierno en materia de agua potable y saneamiento; profesionalización para promover la especialización del personal directivo y técnico de los organismos operadores de agua y saneamiento, en todo el territorio; evaluación permanente; servicio de calidad; e impacto de la disponibilidad, cantidad y calidad de agua. Obligar al Estado a garantizar que no exista disparidad de género en el acceso del recurso hídrico, así como que sea considerado como un factor determinante en el combate a la pobreza. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
144   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Población.


Proponente: Valles Sampedro Lorenia Iveth (PRD)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Población
Especificar que se considerará emigrante al mexicano o extranjero que se desplace desde México con la intención de cambiar de residencia dentro del territorio nacional o país. Facultar a la Secretaría de Gobernación para diseñar programas de apoyo a las familias de los emigrantes nacionales que se encuentren en territorio nacional; así como para formular, ejecutar y vigilar el Fondo de Apoyo a Migrantes y sus Familiares y el Programa de Apoyo a la Reinserción Integral de los Migrantes y sus Familiares. Establecer que la Secretaría de Gobernación propiciará la construcción de sistemas de microcrédito y finanzas populares, y promoverá el apoyo técnico para la producción y comercialización de los proyectos productivos de los migrantes. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
145   Proyecto de decreto que reforma la fracción VIII del artículo 134 y el artículo 144 de la Ley General de Salud.


Proponente: Velasco Orozco Víctor Hugo (PRI)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Salud
Incluir el virus del papiloma humano en las enfermedades de las que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas realizarán actividades de vigilancia, prevención y control. Establecer la vacuna contra esta enfermedad como obligatoria. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
146   Proyecto de decreto que adiciona la fracción XIII del artículo 42 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Pacheco Rodríguez Ricardo Fidel (PRI)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Distrito Federal
Establecer como facultad de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el normar la Defensoría de Oficio. Señalar que esta defensoría será otorgada a través de un organismo autónomo que cuente con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo titular será designado por la Asamblea Legislativa mediante una terna propuesta por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
147   Proyecto de decreto que adiciona un numeral al artículo 3 y reforma el numeral IV del artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.


Proponente: Guevara González Javier Filiberto (PRI)


Fecha de presentación: 17-Julio-2013

  - Gobernación
Establecer que las autoridades Estatales y Municipales podrán aplicar la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en el ámbito de su competencia. Prever que para el caso de servidores públicos que hayan concluido su cargo, que por cualquier razón hubieran tenido bajo su responsabilidad la captación, recaudación, manejo, administración, control, resguardo, custodia, ejercicio, o aplicación de recursos, fondos, bienes o valores públicos municipales, estatales o federales, deberán atender los requerimientos de información hasta que se apruebe la cuenta pública correspondiente. Retirada


Publicación en Gaceta: 25-Julio-2013
148   Proyecto de decreto que reforma los artículos 20 y 62 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Alcalá Padilla Leobardo (PRI)

A nombre propio y del Dip. Williams Oswaldo Ochoa Gallegos (PRI)
Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Transportes
Precisar que las tarifas aplicables para la operación de las Unidades de Verificación, así como las bases de regulación tarifaria de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, deberán proteger en todo momento el interés del usuario. Prever que los prestadores de servicios auxiliares al autotransporte federal, protegerán a los viajeros, usuarios y sus bienes por los daños que sufran con motivo de la prestación de sus servicios. Aprobada
con fecha 20-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
149   Proyecto de decreto que reforma la fracción VIII y se adiciona la fracción IX al artículo 73 de la Ley General de Salud.


Proponente: González Roldán Luis Antonio (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Salud
Facultar a la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes en cada materia, para apoyar las acciones de prevención y atención de la depresión, con el objeto de fomentar y proteger la salud mental. Desechada
con fecha 8-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
150   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 287 Bis del Código Penal Federal.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Justicia
Tipificar penalmente el delito de suplantación de identidad, con pena de 2 a 6 años de prisión y de quinientos a setecientos días de salario vigente. Prever el incremento de la pena en una mitad, cuando en la comisión del delito se valga de la homonimia, parecido físico, similitud o semejanza de la voz. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
151   Proyecto de decreto que reforma los artículos 25, 147 y 242 de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Alonso Raya Agustín Miguel (PRD)


Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Seguridad Social
Incrementar las aportaciones para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Eliminar la tabla vigente para al cálculo de las cuotas de los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud para la familia. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
152   Proyecto de decreto que adiciona el párrafo cuarto del artículo 58 del Código Civil Federal.


Proponente: González Magallanes Alfa Eliana (PRD)


Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Justicia
Prever el derecho de cualquier persona a ser registrado o de registrar a sus hijos bajo un nombre en lengua indígena, incluyendo los caracteres pertenecientes a ésta si así se desea. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
153   Proyecto de decreto que reforma las fracciones II del artículo 76 y III del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 24-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Senado de la República para ratificar los nombramientos realizados por el Ejecutivo Federal de subsecretarios, jefes de unidad y demás empleados superiores de Hacienda, así como organismos públicos desconcentrados y descentralizados de la misma. Desechada
con fecha 22-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
154   Proyecto de decreto que expide la Ley del Defensor de los Derechos del Menor.


Proponente: Diputados integrantes del PRD (PRD)

Suscrita por los diputados Javier Salinas Narváez, Miguel Alonso Raya y Fernando Cuéllar Reyes (PRD)
Fecha de presentación: 24-Julio-2013

Unidas  - Derechos de la Niñez
- Derechos Humanos
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer la Defensoría de los Derechos del Menor, como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía técnica, funcional y de gestión, con la finalidad de garantizar los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes en el orden federal. Prever que los servicios que preste la Defensoría serán gratuitos, bajo los principios de probidad, honradez y profesionalismo. El Defensor del menor deberá observar en todo momento un deber de silencio en cuanto a los eventos que lleguen a su conocimiento en el desempeño de su función relacionados con las niñas, niños y adolescentes; asimismo, esta misma situación se aplicará a los todos los servidores públicos de la Defensoría. El deber de silencio se mantendrá incluso después de la terminación del empleo. Establecer que la Defensoría se otorgarán a petición de parte interesada, de cualquier ciudadano o de oficio cuando se estime necesaria su intervención. Prever que la designación del Defensor, será realizada por el Senado de la República o, en su caso, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, de entre una terna que someta a su consideración el Presidente de la República. Retirada


Publicación en Gaceta: 2-Agosto-2013
155   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Proponente: García Fernández María de las Nieves (PRI)

A nombre propio y de la Dip. María de la Paloma Villaseñor Vargas (PRI)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Hacer explícita la obligatoriedad de la ley en todo el territorio nacional y hacer imperativo que las medidas administrativas, legislativas y judiciales que sean pertinentes, deben llevarse a cabo para lograr los objetivos de la Ley. Reconocer la responsabilidad de toda la federación para el cumplimiento de los objetivos de la Ley. Señalar que las políticas públicas, especialmente las que refuerzan derechos sociales, deben ser coordinadas por el Ejecutivo Federal. Reconocer ampliamente los derechos de salud, educación, vivienda, transporte y justicia. Adecuar la norma para que la Clasificación Nacional de las Discapacidades sea actualizada periódicamente. Facultar a la Secretaría de Educación Pública, para celebrar convenios con instituciones de educación superior para que los estudiantes que realicen el servicio social apoyen a las personas con discapacidad; además de incluir en los libros de texto gratuitos, la información e imagen de las personas con discapacidad. Hacer explícita la importancia y obligatoriedad de respetar el derecho a la accesibilidad a las personas con discapacidad en la vivienda y su entorno, en los tres niveles de gobierno. Establecer que Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad pueda recibir y dar trámite a quejas o denuncias por la violación a los derechos humanos o actos de discriminación en agravio de personas con discapacidad, por parte de servidores públicos de la administración pública de cualquiera de los tres niveles de gobierno. Establecer que los representantes de las organizaciones de y para personas con discapacidad, tanto en la Asamblea Consultiva, como los representantes de la asamblea en la Junta de Gobierno del Consejo, deberán ser miembros de organizaciones de y para personas con discapacidad y no podrán ser funcionarios públicos en activo. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
156   Proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular, que reglamenta la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)

A nombre propio y de los Diputados Amalia García Medina y Silvano Aureoles Conejo (PRD)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular, garantizar, proteger y promover el derecho a la consulta popular, para la toma de decisiones públicas sobre asuntos de trascendencia nacional. Establecer los procedimientos de Referéndum, que es una consulta popular sobre los actos u omisiones legislativas del Congreso de la Unión; y Plebiscito, que son aquellos actos, omisiones o decisiones administrativas, reglamentarias o normativas ejecutadas o de inminente ejecución por parte del Ejecutivo Federal, siempre que sean de relevancia nacional. Establecer como requisito para participar, contar con credencial para votar vigente y no estar suspendido en sus derechos. Establecer el formato de la convocatoria para la consulta popular. Otorgar medios de impugnación donde se sustanciará y resolverá lo referente a consulta popular, conforme a la Ley aplicable y a lo establecido por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
157   Proyecto de decreto que crea la Ley de Iniciativa Legislativa Ciudadana.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)

A nombre propio y de los Diputados Trinidad Morales Vargas, Mario Miranda Salgado (PRD)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

Unidas  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las normas y procedimientos por los que se regirá la presentación, discusión y aprobación de la Iniciativa Legislativa Ciudadana en el Congreso Federal. Se establece que la Cámara de Diputados fungirá como cámara de origen para la presentación de estas iniciativas y la Cámara de Senadores actuará como cámara revisora. Establecer la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda iniciar un trámite legislativo relativo a la promulgación, abrogación o reforma a leyes secundarias federales e incluso modificar la Carta Magna, estableciendo las excepciones. Señalar que la Cámara de Diputados, proporcionará vía Portal de Internet, los formatos de adhesión. Prohibir cualquier tipo de pago por concepto de intercambio en especie o en efectivo para la obtención de firmas de adhesión. Se establecen disposiciones relacionadas con la validación y admisión de las iniciativas, su publicación, el procedimiento de su dictaminación, la discusión y votación en el Pleno; así como de los derechos y obligaciones de los ciudadanos, y de los recursos de apelación.
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer las normas y procedimientos por los que se regirá la presentación, discusión y aprobación de la Iniciativa Legislativa Ciudadana en el Congreso Federal. Se establece que la Cámara de Diputados fungirá como cámara de origen para la presentación de estas iniciativas y la Cámara de Senadores actuará como cámara revisora. Establecer la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda iniciar un trámite legislativo relativo a la promulgación, abrogación o reforma a leyes secundarias federales e incluso modificar la Carta Magna, estableciendo las excepciones. Señalar que la Cámara de Diputados, proporcionará vía Portal de Internet, los formatos de adhesión. Prohibir cualquier tipo de pago por concepto de intercambio en especie o en efectivo para la obtención de firmas de adhesión. Se establecen disposiciones relacionadas con la validación y admisión de las iniciativas, su publicación, el procedimiento de su dictaminación, la discusión y votación en el Pleno; así como de los derechos y obligaciones de los ciudadanos, y de los recursos de apelación.
Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
158   Proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 4º. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Durazo Montaño Francisco Alfonso (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja, Ricardo Monreal Ávila y Gerardo Villanueva Albarrán (MC)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever el derecho de toda persona al suministro de energía eléctrica suficiente y de calidad, quedando a cargo del Estado la promoción, el respeto, la protección y la garantía del suministro de energía eléctrica, por medio de una tarifa social justa. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
159   Proyecto de decreto que adiciona el artículo 31 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Diputados Alfonso Durazo Montaño y Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Gobernación
Establecer el listado de funcionarios que se consideran empleados superiores de la Secretaría de Hacienda, a saber: Subsecretario de Hacienda y Crédito Público; Subsecretario de Egresos; Subsecretario de Ingresos; Procurador Fiscal de la Federación; Tesorero de la Federación; Jefe del Servicio de Administración Tributaria; Oficial Mayor; Administrador General de Recaudación; Administrador General de Auditoría Fiscal Federal; Administrador General de Aduanas; Administrador General Jurídico; Administrador General de Grandes Contribuyentes; Jefe de Unidad de Inteligencia Financiera; Jefe de Unidad de Crédito Público; Jefe de la Unidad de Coordinación con Entidades Federativas; Titular de la Comisión Nacional; Titular de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de las Instituciones Financieras, y Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
160   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.


Proponente: Gastélum Bajo Diva Hadamira (Senadores)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Seguridad Social
Garantizar el derecho a la seguridad social de los trabajadores estacionales del campo. Distinguir entre trabajador estacional y eventual del campo, y diferenciar estos con los trabajadores eventuales de las zonas urbanas. Establecer un registro del trabajador estacional del campo, a fin de garantizar su protección desde el inicio de sus labores. Procurar la atención médica durante todo el año a los trabajadores del campo a pesar de haber laborado de forma intermitente durante el mismo. Garantizar el cumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales, en la justa proporción que requiere una actividad intermitente como la que realizan los trabajadores estacionales del campo. Establecer la corresponsabilidad del Estado y los patrones en el otorgamiento material y humano de la seguridad social en aquellos lugares en que el IMSS no pueda garantizar una inversión permanente ante una demanda volátil. Estatuir una retribución justa por concepto de reversión del costo institucional a los patrones que cumplan con su obligación solidaria de otorgar seguridad social. Disminuir el número de semanas que un trabajador del campo debe cotizar para poder acceder a los seguros y beneficios de la seguridad social. Rediseñar el esquema de subrogación. Establecer un régimen de incentivos a los patrones para la creación de servicios básicos de seguridad social: atención médica, maternidad y guarderías. Determinar un salario de referencia, que brindará seguridad tanto a patrones como a trabajadores. Crear Formatos de Autorización para la Atención Médica, expedidos por el IMSS y entregados por los patrones a sus trabajadores, para evitar que se les niegue atención médica a los trabajadores eventuales del campo por no encontrarse actualizados los registros de afiliación del propio Instituto. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
161   Proyecto de decreto que reforma la fracción I y el párrafo sexto del artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Disminuir la cantidad de ingresos acumulables condicionante para realizar el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, respecto a la obligación que tienen las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentren bajo ciertos supuestos, para que se dictaminen sus estados financieros del ejercicio inmediato anterior a través de contador público autorizado. Ampliar el plazo para que los contribuyentes presenten el dictamen fiscal, extendiendo la fecha de presentación para que se realice a más tardar el 31 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
162   Proyecto de decreto que reforma el artículo 9 fracción ii de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el penúltimo párrafo del artículo 33 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Exentar del pago del IVA la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin; asimismo, aquellas instalaciones adheridas a la construcción en forma permanente y fija, de tal manera que no puedan separarse sin causar daño material o estético a la construcción y cuya finalidad sea hacerla funcional para destinarla a una vivienda digna y decorosa. Establecer que las autoridades fiscales estarán impedidas para emitir criterios de carácter interno para el cumplimiento de las disposiciones fiscales que sean contrarios a la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación haya emitido mediante Jurisprudencia. El funcionario público que violente esta disposición será sancionado con la inhabilitación por seis meses y hasta seis años dependiendo de la gravedad de la falta y la reiteración en la conducta. Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
163   Proyecto de decreto que reforman los párrafos primero, tercero y quinto del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Obligar al personal oficial que intervenga en los trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, a guardar reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos personales suministrados por los contribuyentes personas físicas o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Fijar que la información que deba suministrarse, sólo deberá utilizarse para los fines que dieron origen a la solicitud de información. Incluir en los datos que se pueden publicar pro grupos de contribuyentes, el relativo a la localidad.
Obligar al personal oficial que intervenga en los trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias, a guardar reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos personales suministrados por los contribuyentes personas físicas o por terceros con ellos relacionados, así como los obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación, en términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Fijar que la información que deba suministrarse, sólo deberá utilizarse para los fines que dieron origen a la solicitud de información. Incluir en los datos que se pueden publicar pro grupos de contribuyentes, el relativo a la localidad.
Aprobada
con fecha 15-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
164   Proyecto de decreto que reforma el artículo 52, fracción IV del Código Fiscal de la Federación.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Precisar que la resolución que imponga la autoridad fiscal al contador público que no dé cumplimiento a las disposiciones en la materia, comenzará a aplicarse hasta que venza el plazo de cuarenta y cinco días siguientes a la fecha en que surta efectos su notificación. Establecer que el aviso que se da al colegio profesional o la Federación de Colegios Profesionales a que pertenezca el contador público en cuestión, sea hasta que haya causado estado la sentencia. Pendiente


Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
165   Proyecto de decreto que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Desarrollo Municipal
Otorgar a los municipios la facultad de administrar libremente su hacienda, para establecer contribuciones, incluyendo tasas adicionales, sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles. Facultar a los municipios para aprobar las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria. Reconocer a los municipios facultades para aprobar sus leyes de ingresos y para revisar y fiscalizar sus cuentas públicas. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
166   Proyecto de decreto que reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Aguilar Vega Marcos (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

Unidas  - Hacienda y Crédito Público
- Desarrollo Municipal
Incrementar el porcentaje de distribución de los recursos que recibirán los municipios. Establecer la fórmula para el cálculo y asignación de los recursos que recibirán los municipios. Incorporar a los municipios como participantes en la recaudación del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios. Prever que el porcentaje de distribución de los recursos que recibirán los municipios, nunca será inferior al 25% de las cantidades que correspondan al Estado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 9-Agosto-2013
167   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Blanco Deaquino Silvano (PRD)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el porcentaje de la recaudación federal participable que corresponde al Fondo General de Participaciones pasando del 20 al 25% en un ejercicio.
Acrecentar la cuota mínima de participación que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal otorgan a los municipios del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, al pasar del 20 al 35%.
Aumentar del 20 al 35% la participación mínima que reciban los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, del Fondo General de Participaciones.
Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
168   Proyecto de decreto que modifica el artículo 13 de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción xxi del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Prieto Herrera Humberto Armando (PAN)


Fecha de presentación: 31-Julio-2013

  - Seguridad Pública
Modificar la sanción prevista para la persona que simule por sí o por interpósita persona, la privación de su libertad, pasando de cien a trescientas cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad, a prisión de dos a ocho años. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 8-Agosto-2013
169   Proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reelección de servidores públicos.


Proponente: González Morfín José (PAN)

A nombre propio y del Dip. Luis Alberto Villarreal García (PAN)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer la posibilidad de reelección de Senadores y Diputados hasta por un período máximo de doce años consecutivos. Asentar la prohibición para ser reelectos en el periodo inmediato siguiente con el carácter de propietarios a Senadores y Diputados suplentes siempre que hubieren conservado ese carácter por un periodo consecutivo de doce años para los Senadores y más de seis para los Diputados. Estatuir que los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos sean electos por un periodo de tres años, y puedan ser reelectos consecutivamente hasta por dos periodos, sin que excedan los nueve años consecutivos en el encargo. Señalar que las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones de presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, serán considerados como electos popularmente por elección directa desde el momento en que inicie el período para el cual fueron electos, nombrados o designados para efectos de los plazos. Establecer que los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos no podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente con el carácter de suplentes, cuando tengan el carácter de propietarios y hayan sido reelectos hasta por el período de nueve años. Asentar que los diputados de las legislaturas de los Estados y los de la Asamblea Legislativa, podrán ser reelectos hasta por tres periodos consecutivos más, sin exceder de doce años consecutivos en el encargo. Prescribir que los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley y podrán ser reelectos, hasta por dos periodos consecutivos más, sin exceder de nueve años consecutivos en el encargo.Establecer la posibilidad de reelección de Senadores y Diputados hasta por un período máximo de doce años consecutivos. Asentar la prohibición para ser reelectos en el periodo inmediato siguiente con el carácter de propietarios a Senadores y Diputados suplentes siempre que hubieren conservado ese carácter por un periodo consecutivo de doce años para los Senadores y más de seis para los Diputados. Estatuir que los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos sean electos por un periodo de tres años, y puedan ser reelectos consecutivamente hasta por dos periodos, sin que excedan los nueve años consecutivos en el encargo. Señalar que las personas que por elección indirecta, o por nombramiento o designación de alguna autoridad desempeñen las funciones de presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, serán considerados como electos popularmente por elección directa desde el momento en que inicie el período para el cual fueron electos, nombrados o designados para efectos de los plazos. Establecer que los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos no podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente con el carácter de suplentes, cuando tengan el carácter de propietarios y hayan sido reelectos hasta por el período de nueve años. Asentar que los diputados de las legislaturas de los Estados y los de la Asamblea Legislativa, podrán ser reelectos hasta por tres periodos consecutivos más, sin exceder de doce años consecutivos en el encargo. Prescribir que los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales serán elegidos en forma universal, libre, secreta y directa, según lo determine la ley y podrán ser reelectos, hasta por dos periodos consecutivos más, sin exceder de nueve años consecutivos en el encargo. Desechada
con fecha 22-Abril-2014



Publicación en Gaceta: 13-Agosto-2013
170   Proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Torres Mercado Tomás (PVEM)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Prever que la duración de las campañas para Presidente de la República y Senadores de la República será de 60 días; y las de Diputados Federales durarán 45 días. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
171   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.


Proponente: López Candido José Arturo (PT)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Gobernación
Promover la profesionalización de los servidores públicos que se desempeñan en las delegaciones de las entidades de la Administración Pública Federal, mediante cursos de capacitación, evaluación y aplicación de los conocimientos adquiridos con el fin de recibir un grado especifico dentro del ámbito de su competencia laboral, mismo que será tomado en cuenta para ocupar las plazas vacantes de mayor jerarquía, en cualquier institución con la que exista convenio para tal propósito. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
172   Proyecto de decreto por el que se abroga la Ley de Amnistía de 1978.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Justicia
Abrogar la Ley de Amnistía de 1978, en virtud de que a más de treinta años de su promulgación ha cumplido con el propósito de su creación, al reincorporar a la vida pública a los integrantes de aquellos grupos disidentes, así como aplicarse a los hechos y situaciones que le dieron origen, por lo que su prevalencia en el sistema jurídico mexicano resulta irrelevante. No obstante, resulta menester la creación de un nuevo ordenamiento que contemple las actuales situaciones políticas del país. Aprobada
con fecha 13-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
173   Proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 81 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: González Morfín José (PAN)

A nombre propio y del Dip. Luis Alberto Villarreal García (PAN)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Reconocer la segunda vuelta electoral para la elección del cargo de Presidente de la República y Gobernadores de las entidades federativas. Establecer las condicionantes y el procedimiento electoral que deberá llevarse a cabo para la elección del Presidente de la República y Gobernadores de las entidades federativas en la primera y, en su caso, segunda vuelta. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 13-Agosto-2013
174   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 32 numeral uno; 93 numeral dos; 95 numeral uno; 96 numeral seis, inciso a); 98 numerales tres y cuatro; se adiciona un artículo 99 bis; se reforma el artículo 101 numeral uno, incisos b) y c); y se reforma el numeral dos del artículo 236, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Torres Mercado Tomás (PVEM)

A nombre propio y de los legisladores del Grupo Parlamentario del PVEM
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Gobernación
Modificar de ¿dos¿ a ¿tres¿ el porcentaje mínimo requerido de la votación en una elección federal ordinaria para diputados, senadores o Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para mantener el registro del Instituto Político. Crear la figura de ¿coaliciones parciales¿ para postular los mismos candidatos en elecciones de Presidente de la República, candidatura común, senadores o diputados por el principio de mayoría relativa, así como permitir a dos o más partidos postular un mismo candidato a dichos cargos. Incrementar de ¿20¿ a ¿44¿ el máximo de fórmulas de candidatos al Senado que una coalición puede registrar, en 22 Entidades Federativas, debiendo coaligarse en los distritos de mayoría relativa para la elección de diputados que conformen esos Estados; agregando al registro, la fórmula por cada distrito uninominal. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
175   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 99 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Crear el Tribunal Nacional Electoral como única instancia federal o estatal encargada de resolver los conflictos jurisdiccionales en la materia, otorgándole las actuales atribuciones que ostenta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con las modificaciones siguientes: establecer salas estatales y resolver en forma definitiva las impugnaciones de actos o resoluciones de la autoridad electoral nacional. Eliminar la atribución de las Entidades Federativas de establecer un sistema de medios de impugnación, así como las reglas para la realización de recuentos totales o parciales de votación. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
176   Proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 11, fracción VI, 84, 85, 86 y 89 de la Ley Federal de Radio y Televisión.


Proponente: Olvera Barrios Cristina (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Radio y Televisión
Establecer como atribución de la Secretaría de Educación Pública el extender certificados de aptitud y conocimientos a locutores, cronistas y comentaristas. Incluir a cronistas y comentaristas que cuenten con certificado de aptitud dentro de quienes pueden participar en las transmisiones de las difusoras. Señalar que sólo los locutores, cronistas y comentaristas mexicanos podrán trabajar en las estaciones de radio y televisión, salvo los casos especiales en los que la Secretaría de Gobernación autorice a extranjeros a trabajar transitoriamente. Establecer 3 categorías de locutores: Locutores de categoría "A", que deberán comprobar que han concluido estudios de educación superior o sus equivalentes; Locutores de categoría "B", que deberán comprobar que han concluido estudios de bachillerato o sus equivalentes y Locutores de categoría ¿C¿, que deberán acreditar que han concluido estudios de educación básica; estos locutores solo podrán laborar en estaciones radiodifusoras culturales que sirvan en poblaciones rurales o urbanas con fines de orientación social, comunitario, indígenas o de otra índole. Desechada
con fecha 16-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
177   Proyecto de decreto que adiciona la fracción IX del artículo 2 y la fracción XVII del artículo 42 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad


Proponente: Ramírez Diez Gutiérrez María Concepción (PAN)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Atención a Grupos Vulnerables
Incluir el concepto de Credencial Nacional para las Personas con Discapacidad, entendiéndose como un documento oficial, con el que se identifica el estado de discapacidad permanente de las personas, que además servirá para obtener diversos beneficios en adquisición de bienes y/o pago de servicios. Facultar al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad para emitir, en coordinación con la dependencia o entidad correspondiente, la credencial de identidad que acredite la discapacidad de las personas con validez nacional. Aprobada
con fecha 4-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
178   Proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de iniciativa ciudadana y consulta popular.


Proponente: García Medina Amalia Dolores (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Modificar de ¿33¿ a ¿20¿ el porcentaje de legisladores requerido de cualquiera de las Cámaras, y de ¿2¿ a ¿0.5¿ el porcentaje de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, para convocar una consulta popular. Establecer vinculación del resultado de la consulta, para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes, cuando éste sea aprobado por al menos el 51% de quienes emitieron opinión, y cuando la participación total corresponda al menos al 10% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores. Desechada
con fecha 23-Septiembre-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
179   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a los artículos 25 y 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.


Proponente: Méndez Martínez Mario Rafael (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Considerar a las ¿Agencias Municipales¿ y ¿Tenencias Municipales¿ o su equivalente, como instancias susceptibles de recibir aportaciones federales. Establecer que los Fondos comprendidos en la Ley, en calidad de recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal y municipios, contemplen también, en su caso, a las Agencias Municipales, Tenencias Municipales o su equivalente. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
180   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Banco de Fomento Turístico.


Proponente: Ríos Piter Armando (Senadores)

A nobre propio y del Dip. Fernando Cuéllar Reyes (PRD)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear jurídico que tenga por objeto crear el Banco de Fomento Turístico, el cual prestará el servicio público de banca y crédito para un ordenamiento financiar proyectos sociales y privados. Facultar al Banco de Fomento Turístico para otorgar préstamos o créditos para el desarrollo de proyectos turísticos; otorgar garantías y avales; ejecutar los programas específicos que en materia de financiamiento turístico se determinen en el Presupuesto de Egresos de la Federación; aceptar préstamos o créditos de las instituciones de banca de desarrollo, de los fideicomisos públicos y de los organismos financieros internacionales, entre otros. Establecer que el Consejo Directivo del Banco de Fomento Turístico, estará integrado por catorce consejeros, entre ellos, Secretarios y Subsecretarios de Estado, Gobernadores y Presidentes Municipales. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
181   Proyecto de decreto por el que se reforman el párrafo quinto de la fracción I del artículo 31, el párrafo séptimo del artículo 93, la fracción I y el primer párrafo de la fracción II, ambos del artículo 97, el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 176; se adiciona la fracción XXI al artículo 95; y se deroga el párrafo segundo de la fracción II del artículo 97, todos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.


Proponente: Torres Peimbert María Marcela (Senadores)

A nombre propio y de los Senadores Javier Corral Jurado, Ernesto Ruffo Appeal, Francisco Domínguez Servién, Víctor Hermosillo y Celada, Héctor Larios Córdova, Dolores Padierna Luna, Armando Ríos Piter, Mario Delgado Carrillo, María Lucero Saldaña Pérez, Ma. Del Rocío Pineda Gochi, Ana Gabriela Guevara, Luis Sánchez Jiménez y Martha Palafox Gutiérrez.
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incrementar el monto total de los donativos deducibles autorizados del ¿7¿ al ¿25%¿ de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción. Permitir que las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos puedan obtener ingresos por actividades con fines no lucrativos, susceptibles de ser consideradas para recibir donativos siempre que no excedan de una tercera parte de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate. Establecer que no se consideran ingresos por actividades distintas a los referidos fines los que reciban por donativos; apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, las entidades federativas, o municipios, así como aquellos establecidos en los ordenamientos fiscales federales que así lo determinen. Considerar personas morales con fines no lucrativos, además de las que ya contempla la ley, a las asociaciones y sociedades que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
182   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Iniciativa Ciudadana, que reglamenta la fracción IV del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: García Medina Amalia Dolores (PRD)

A nombre propio y del Dip. Silvano Aureoles Conejo (PRD)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto garantizar y proteger el derecho de las y los ciudadanos mexicanos de iniciar leyes o decretos; así como fomentar y promover los principios y valores de la democracia participativa. Establecer las normas y principios que regulan la Iniciativa Ciudadana en el ámbito federal. Considerar los elementos necesarios que debe contener una iniciativa ciudadana. Establecer que no podrán ser objeto de iniciativas ciudadanas, la normatividad interna del Congreso de la Unión, y la regulación interna del Poder Judicial de la Federación. Prever que en ningún caso el Estado mexicano podrá argumentar la insuficiencia o falta de recursos, como motivo para no realizar las consultas populares convocadas por el Congreso de la Unión. Pendiente


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
183   Proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 29 bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Proponente: Niaves López Ossiel Omar (PRI)

A nombre propio y de los Diputados Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez y Patricio Flores Sandoval (PRI)
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Vivienda
Establecer la obligación que tendrá el patrón o patrones con aquellos trabajadores contratados bajo el régimen de subcontratación, relacionados con la adquisición de vivienda. Fijar la obligación de comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación que corresponda al domicilio del patrón o sujeto obligado, información relacionada con las partes en el contrato y las especificidades del mismo, debiendo el patrón contratista incorporar por cada trabajador, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajos contratados en el sistema de cómputo autorizado por el Instituto. Aprobada
con fecha 11-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
184   Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal del Sistema Nacional de Banca de Desarrollo.


Proponente: Padierna Luna Dolores (Senadores)

A nombre del Senador Luis Sánchez Jiménez, a nombre de Senadores y Diputados del Grupo Parlamentario del PRD
Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear un ordenamiento legal que tenga por objeto establecer las estrategias, objetivos y funcionamiento del Sistema Nacional de Banca de Desarrollo, para impulsar el crecimiento y desarrollo económico del país, así como regular el servicio de banca y crédito que otorgue la sociedad nacional de crédito denominada Banco Mexicano de Desarrollo. Establecer que el Banco Mexicano de Desarrollo es la institución financiera de banca de desarrollo del Estado Mexicano, encargada de participar de forma complementaria al sistema de la banca comercial en el financiamiento para el desarrollo, que tendrá entre otras funciones, las siguientes: otorgar financiamiento, consultoría de negocios, asesoría y asistencia técnica a empresas, personas físicas con actividad empresarial, organizaciones del sector social de la economía, a los sectores industrial, agrícola, pesquero, forestal, artesanal, minero, de comercio y de servicios, y a los gobiernos de los estados, el Distrito Federal y los municipios del país; registrar, mantener y actualizar la cartera de proyectos de inversión la cual hará pública con el objeto de suministrar información al resto de las instituciones del sistema financiero mexicano para su posible participación en algunas de esas inversiones; y promover la modernización en los procedimientos y operaciones de empresas exportadoras, además de la atracción de inversión e intercambio tecnológico con impacto regional. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 13-Agosto-2013
185   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros y de la Ley Orgánica de la Financiera Rural.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer como objeto fundamental de las instituciones de banca de desarrollo, el de facilitar el acceso al crédito y a los servicios financieros, y como fin, el de impulsar el desarrollo económico. Facultar a la sociedad nacional de crédito para efectuar descuentos y otorgar garantías a las instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y cooperativas de ahorro y préstamo para el otorgamiento de créditos para la formulación y ejecución de proyectos de inversión. Modificar el concepto de sector, entendiéndose por éste el conformado por las personas morales a que se refieren la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Incluir a las cooperativas de ahorro y préstamo, respecto de las cuales, Financiera Rural otorgará créditos de manera sustentable y prestará otros servicios financieros. Establecer el concepto de Cooperativas de Ahorro y Préstamo, entendiéndose por éstas, las Sociedades a que hace referencia la Ley Para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Explicitar que las garantías y avales que otorgue Financiera Rural, serán a las instituciones de crédito, intermediarios financieros no bancarios y cooperativas de ahorro y préstamo. Retirada


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
186   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio y de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Agilizar los procedimientos legales tendientes a la recuperación de los créditos colocados, a través de hacer eficientes los mecanismos de notificaciones, que se realizan a las partes que intervienen en los procedimientos judiciales, mediante el uso de las tecnologías de comunicación, con los cuales se pueden disminuir el tiempo de entrega de las mismas. Limitar las facultades discrecionales a los juzgadores en materia de notificaciones personales. Establecer la figura del abogado patrono con el fin de homologarla a la materia civil. Implementar en los procedimientos mercantiles la figura de la conciliación, así como la reducción en los plazos para la tramitación y el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes. Considerar que los tribunales contarán con un sistema electrónico de consulta de expedientes y acuerdos, mediante el cual deberán realizarse las notificaciones. Retirada


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
187   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Establecer que tratándose de operaciones celebradas en el marco de programas tendientes a fomentar el ahorro de menores, los saldos respectivos no deberán rebasar el equivalente en moneda nacional a 5,000 UDIS por depositante. Prever que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, podrán contratar con terceros incluyendo a otras Sociedades o entidades financieras, la prestación de los servicios necesarios para sus operaciones. Considerar que las operaciones que lleven a cabo los comisionistas deberán realizarse a nombre y por cuenta de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con las que celebren los actos jurídicos. Establecer que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje en ejercicio de sus facultades, oyendo la opinión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), cuidará durante los casos de emplazamientos a huelga, que permanezcan abiertas las oficinas, con objeto de garantizar que no se afecten los intereses de los socios en cuanto a la disponibilidad de sus ahorros. Incluir el Capítulo I Bis ¿De los programas de autocorrección¿, con el objeto de que las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, puedan someter a la aprobación de la CNBV un programa de autocorrección, cuando en la realización de sus actividades detecten irregularidades o incumplimientos. Retirada


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
188   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales en materia de ahorro y préstamo.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Ley para la protección y defensa del usuario de los servicios financieros: Incluir los conceptos de ¿Socios¿, ¿Entidad Financiera¿ y ¿Entidad del sector Social¿. Sustituir el concepto de Instituciones financieras por el de Entidades. Facultar a la CONDUSEF para establecer disposiciones secundarias en las que se definan las actividades que se apartan de las sanas prácticas y usos relativos al ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros de las Instituciones Financieras y a los usos y prácticas entre las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros: Facultar a la CONDUSEF para regular las comisiones que cobran por los servicios de pago y créditos que ofrecen al público, además de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, de las sociedades financieras populares, las sociedades financieras comunitarias y las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Incluir un Capítulo, con el objeto de prever el tratamiento que se dará a las cooperativas de ahorro y préstamo en esta materia, en virtud de su propia naturaleza jurídica y particular modelo de operación. Establecer las causales y sanciones para las Entidades del Sector Social.
Retirada


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
189   Proyecto de decreto que expide la Ley del Instituto de Fomento a la Educación e Inclusión Financiera.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 7-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear el Instituto para el Fomento a la Educación e Inclusión Financiera, como organismo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con autonomía técnica, financiera y de gestión, con objeto de articular a los diferentes actores interesados en promover la educación e inclusión financiera en México, así como establecer ejes temáticos que sirvan de guía para el establecimiento de estrategias, políticas públicas, programas y acciones, que coadyuven a conformar una población capaz de identificar y aprovechar los productos y servicios ofrecidos por el sistema financiero mexicano, y con atribuciones para:


definir e instrumentar una política nacional para promover la educación e inclusión financiera, para que el uso de los productos y servicios ofrecidos en el sistema financiero mexicano sean aprovechados por toda la población, fomenten el desarrollo y mejoren la calidad de vida; actuar como órgano de consulta y asesoría para dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como instituciones financieras, bancarias y no bancarias y asociaciones civiles, en asuntos concernientes a la educación e inclusión financiera en México; entre otros.
Retirada


Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
190   Proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Educación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Instituir el Sistema de Información y Gestión Educativa (SIGED). Precisar que el Sistema Educativo Nacional (SEN) deberá asegurar la participación activa y con responsabilidad social de todos los involucrados en el proceso educativo. Prohibir el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo. Reiterar que se brindará una educación de calidad, entendida por ésta como la congruencia entre los objetivos, resultados y procesos del sistema educativo desde la perspectiva de eficacia, eficiencia, pertinencia y equidad. Incluir como integrantes del SEN a los padres de familia, al Servicio Profesional Docente (SPD), al SIGED y la infraestructura educativa. Sustituir al Consejo Nacional Técnico de la Educación por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), cuyas funciones principales serán coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, evaluar la calidad, el desempeño el resultado del SEN en la educación básica y media superior. Facultar a la SEP para emitir, en las escuelas de educación básica, lineamientos generales para formular los programas de gestión escolar, mismos que tendrán como finalidad mejorar la infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación entre los alumnos, maestros y padres de familia bajo el liderazgo del director. Precisar que en las escuelas de educación media superior, la SEP establecerá los mecanismos de colaboración necesarios para que los programas de gestión escolar formulados por las autoridades educativas y los organismos descentralizados, en el ámbito de sus atribuciones, propicien el mantenimiento de elementos comunes. Determinar que el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros de educación básica, deberá sujetarse a los lineamientos, medidas, programas y demás disposiciones generales que resulten de la aplicación de la Ley General del Servicios Profesional Docente. Fortalecer las atribuciones exclusivas de la SEP en materia de: actualización y revisión de planes de estudio para la educación básica, media superior y formación de docentes; planeación y evaluación educativa; establecer los lineamientos que deberán sujetarse el expendio y distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados dentro de las escuelas, en cuya elaboración se cumplirán los criterios nutrimentales que para tal efecto determine la Secretaría de Salud. Establecer la corresponsabilidad de la SEP y las autoridades educativas locales para garantizar la operatividad del Servicio Profesional Docente. Indicar que el INEE y las autoridades educativas evaluarán los resultados de calidad educativa de los programas. Aprobada
con fecha 21-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
191   Proyecto de Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Prever como finalidad del Sistema, garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Prever la estructura del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Precisar que los proyectos y acciones que se realicen en materia de evaluación se llevarán a cabo conforme a una política nacional de evaluación de la educación, de manera que sean pertinentes a las necesidades de mejoramientos de los servicios educativos. Facultar al Instituto para coordinar el Sistema, así como evaluar la calidad, desempeño y los resultados del Sistema en lo que se refiere a la educación básica, media y superior, tanto pública como privada en todas sus modalidades y servicios. Establecer la estructura del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Prever que toda información relacionada con el Sistema será de interés social y de utilidad pública y quedará sujeta a las disposiciones en materia de información pública, transparencia y protección de datos personales, para ello el Instituto garantizará el acceso a la información que tenga en posesión. Facultar al Instituto para emitir los lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federales y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les correspondan. Prever las causales de responsabilidad administrativa de los servidores públicos por incumplimiento de sus obligaciones. Crear el Consejo Consultivo con el objeto de facilitar la participación activa y equilibrada de los actores del proceso educativo, de los sectores social, público y privado, su finalidad será conocer, opinar y dar seguimiento a los resultados de las evaluaciones que realice el Instituto, las directrices que de ellas deriven así como las acciones de difusión. Aprobada
con fecha 21-Agosto-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
192   Proyecto de Ley General del Servicio Profesional Docente.


Proponente: Ejecutivo Federal (Ejecutivo)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Crear un ordenamiento jurídico, reglamentario de la fracción III del artículo 3o. de la Constitución, que tenga por objeto regular el servicio profesional docente en la educación básica y media superior; establecer los perfiles, parámetros e indicadores del servicio profesional docente; regular los derechos, obligaciones y sanciones derivados de dicho servicio; asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el servicio. Establecer los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio. Delimitar las atribuciones en la materia del Instituto Nacional para la Educación de la Evaluación, de las autoridades educativas locales, de los organismos descentralizados y de la Secretaría de Educación Pública. Establecer los propósitos del servicio profesional docente, como son: mejorar la calidad de la educación; mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas; asegurar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal docente, entre otros. Aprobada
con fecha 1-Septiembre-2013



Publicación en Gaceta: 16-Agosto-2013
193   Proyecto de decreto que adiciona una fracción III a los artículos 9º, 14 y 328 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.


Proponente: Añorve Baños Manuel (PRI)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Transportes
Establecer dentro de las atribuciones de cada jurisdicción territorial y marítima delimitada de cada capitanía de cada puerto habilitado, la de vigilar que los prestadores de servicios de turismo náutico a terceros, con embarcaciones menores, cuenten con la edad requerida para llevar a cabo dicha función, así como vigilar que la prestación del servicio se brinde a los usuarios de acuerdo a la edad requerida para el mismo. Incorporar a las causales de cancelación del certificado de matrícula de una embarcación mexicana, la prestación de servicios de turismo náutico a terceros, con embarcaciones menores de recreo y deportivas a usuarios que no cumplan con las características de edad y físicas requeridas para el mismo, de acuerdo al reglamento respectivo. Añadir como motivo para que la Secretaría de Marina imponga multa de diez mil a cincuenta mil días de salario mínimo vigente, tomando en consideración el riesgo o daño causado, la reincidencia y el posterior cumplimiento de la obligación, el que los prestadores de servicios de turismo náutico a terceros, permitan la conducción de motos acuáticas a menores de 16 años o a menores de 18 años y mayores de 16, que no vayan acompañados de un instructor o adulto que manifieste bajo protesta de decir verdad tener pericia o conocimiento en la conducción de la embarcación. Desechada
con fecha 18-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
194   Proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para crear una nueva autoridad electoral, así como condiciones más equitativas en las elecciones y para el fortalecimiento de los principios democráticos.


Proponente: Alonso Raya Agustín Miguel (PRD)

A nombre propio y de los diputados Fernando Belaunzarán Méndez, Alfa González Magallanes, Rodrigo González Barrios, Carlos Reyes Gámiz, Fernando Cuéllar Reyes y Valentín Maldonado Salgado (PRD)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Gobernación
Establecer que los partidos políticos locales podrán participar en las elecciones estatales y municipales de la entidad en la que hubieran obtenido el registro y en su caso, formar coaliciones con los partidos políticos nacionales según lo determine la ley. Crear el Sistema Nacional Electoral, dotado de autonomía de gestión y presupuestaria, integrada por el Instituto Nacional Electoral y de Participación Ciudadana, un Consejo Regional por cada Circunscripción y el Servicio Profesional Electoral Nacional. Crear una Procuraduría Electoral de la Nación como organismo público autónomo en sus decisiones, presupuesto, personalidad jurídica y patrimonio propio, encargada de la investigación y persecución de los delitos electorales, cuyo titular será elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados o en sus recesos, por la Comisión Permanente. Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia del sistema nacional electoral, las bases para la integración de su servicio profesional de carrera, y para legislar sobre democracia participativa. Pendiente


Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
195   Proyecto de decreto que reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Igualdad de Género
Considerar como violencia laboral, exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, o ascenso en el empleo; y despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores. Aprobada
con fecha 13-Marzo-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
196   Proyecto de decreto que adiciona una fracción V al artículo 5 de la Ley Federal de Radio y Televisión.


Proponente: Cerda Franco María Sanjuana (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Radio y Televisión
Adicionar que la radio y la televisión procuraran, a través de sus transmisiones, evitar la promoción de estereotipos de niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres, respetando la individualidad de cada persona, con la finalidad de evitar violencia y discriminación. Desechada
con fecha 3-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
197   Proyecto de decreto que expide la Ley de Protección, Información, Asesoría y Defensa al Consumidor de Servicios Financieros.


Proponente: González Serna José Ángel (PAN)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto la protección, información, asesoría y defensa de los derechos e intereses de los consumidores de los servicios financieros que prestan las instituciones financieras, así como regular la organización, procedimientos y funcionamiento de la entidad pública encargada de dichas funciones. Reorientar las acciones de la Comisión Nacional hacia la protección, información, asesoría y defensa a los consumidores de servicios financieros. Asentar la gratuidad de los servicios de asesoría jurídica y defensa legal. Asentar el catálogo de los derechos de los consumidores, entre los que destaca el derecho a recibir una adecuada educación respecto de las diferentes formas de instrumentar los productos y servicios ofrecidos, así como los costos que se generan sobre los mismos, los mercados, el tipo de actividad que desarrollan las entidades financieras y los mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos. Establecer la Comisión Nacional para la Protección, Información, Asesoría y Defensa de los Consumidores de Servicios Financieros, que tenga la obligación de llevar registro de Prestadores de Servicios Financieros, de Productos Financieros, Servicios y Comisiones Vigentes; el Buró de Instituciones Financieras, y el Registro de Consumidores que no desean que su información sea utilizada para fines mercadológicos o publicitarios. Se establecen entre otras disposiciones, las relativas a la dirección, administración, organización y patrimonio de la Comisión Nacional; así como de los procedimientos de conciliación y arbitraje, y de la defensa legal de los consumidores. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
198   Proyecto de decreto que reforma la fracción III del artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforma la fracción X del artículo 50 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Infantil.


Proponente: Anaya Gutiérrez Alberto (PT)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

Unidas  - Puntos Constitucionales
- Derechos de la Niñez
Incluir la educación inicial en los planes y programas de estudio que determinará el Ejecutivo Federal. Considerar que los planes de estudio integrarán las materias y conocimientos específicos que requiera cada nivel académico. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
199   Proyecto de decreto que adiciona la fracción VII incisos a), b),c), d), e), f) y el segundo y tercer párrafos del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

A nombre propio y del Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Crear la Fiscalía Nacional Electoral, que tendrá a su cargo la persecución de los delitos electorales, en el ámbito federal y local. Establecer que el Titular de la Fiscalía Nacional Electoral, deberá cumplir los siguientes requisitos: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; tener cuando menos treinta y cinco años; título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación en el ámbito penal y electoral; no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la designación; y no haber sido militante de partido político alguno. Establecer que para la designación del Titular de la Fiscalía, la Cámara de Diputados integrará un Consejo Consultivo, quién presentará una terna que deberá ser ratificada por dicho órgano legislativo. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
200   Proyecto de decreto que reforma y adiciona el segundo párrafo del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Ramírez Romero Luis Miguel (PAN)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Establecer que los servidores públicos electos por mandato popular deben abstenerse de intervenir o participar indebidamente en la selección, nombramiento, designación, contratación, promoción, suspensión, remoción, cese, rescisión del contrato o sanción de cualquier servidor público, cuando tenga interés personal, familiar o de negocios en el caso, o pueda derivar alguna ventaja o beneficios para él o para su cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen o hayan formado parte. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
201   Proyecto de decreto que adicionan al Capítulo II "De las Instituciones de Crédito", una Sección Primera "Disposiciones Generales" que comprende los artículos 30 a 44 y una Sección Segunda "De la Sostenibilidad Ambiental" que comprende los artículos 44 bis 1, 44 bis 2 y 44 bis 3 de la Ley de Instituciones de Crédito.


Proponente: Antonio Altamirano Carol (PRD)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir una Sección denominada ¿De la Sostenibilidad Ambiental¿, con el objeto de establecer que las instituciones de banca de desarrollo deberán promover la sostenibilidad ambiental en sus programas operativos y financieros, así como incentivar la responsabilidad ambiental corporativa en ellas mismas. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
202   Proyecto de decreto que adiciona el inciso c) al artículo 11 y un Capítulo V Bis, denominado "Del Derecho a la Navegación Segura en Internet" a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Proponente: Núñez Monreal Magdalena del Socorro (PT)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Derechos de la Niñez
Adicionar como obligación de las madres, los padres y de todas las personas que tengan a su cuidado niñas, niños y adolescentes, la de supervisar los contenidos de la información a la que acceden las niñas, niños y adolescentes a través del internet. Adicionar un Capítulo V Bis a la Ley, a efecto de prever el derecho a la navegación segura en internet. Aprobada
con fecha 9-Abril-2013



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
203   Proyecto de decreto que reforma los artículos 33 y 1006 de la Ley Federal del Trabajo y los artículos 244 y 245 del Código Penal Federal, en materia de renuncias en blanco.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios PRD, MC y PT
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

Unidas  - Trabajo y Previsión Social
- Justicia
Ley Federal del Trabajo: Establecer que queda prohibido obligar a los trabajadores a firmar documentos en blanco, o sin fecha determinada, o documento que implique renuncia de derechos o imponga obligaciones al trabajador. Facultar al trabajador para acudir ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o ante las oficinas de la Inspección del Trabajo local o federal a denunciar cuando sea obligado a la firma de documento en blanco o sin fecha determinada. Obligar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la Inspección del Trabajo local o federal conservar en secreto dicha denuncia para el caso de que fuere necesario aportarla como elemento probatorio preconstituido. Añadir a los requisitos de validez de los convenios o liquidaciones, que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores, o que no exista una denuncia en ese sentido. Facultar a la Junta de Conciliación y Arbitraje a realizará las pruebas grafotécnicas idóneas para determinar la validez del convenio o liquidación previo a su ratificación. Considerar documentos falsos aquellos que, a petición del patrón, hayan sido firmados en blanco o sin fecha determinada por el trabajador.
Código Penal Federal: Incluir en la tipificación del delito de falsificación de documentos, cuando se aproveche indebidamente una firma o rúbrica en blanco ajena, que pueda comprometer el empleo de otra persona.
Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
204   Proyecto de decreto que reforma y adiciona un segundo párrafo a la fracción VII del artículo 12; reforma la fracción IV del artículo 66; reforma el inciso h) y el penúltimo párrafo del artículo 70 y reforma el segundo párrafo del artículo 71, todos de la Ley General de Educación.


Proponente: Mondragón González Ma. Guadalupe (PAN)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Facultar a la autoridad educativa federal, para realizar exámenes de evaluación psicológica, con el objeto de reforzar las acciones educativas y preventivas. Establecer que previo consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad, las autoridades educativas podrán solicitar el apoyo de la Secretaría de Salud, a fin de que se practiquen a los educandos las pruebas de diagnóstico en psicología, así como las acciones de referencia a los servicios de salud a que haya lugar. Facultar al Consejo Estatal de Participación Social en la Educación, para instrumentar programas preventivos de delitos que se puedan cometer en contra de niñas, niños y adolescentes o de quienes no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo y en general contra la comunidad educativa. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
205   Proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 6, 41 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia electoral.


Proponente: Huerta Ladrón de Guevara Manuel Rafael (PT)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Adicionar que la manifestación de las ideas, no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que violente la equidad y objetividad de la información en campañas electorales. Contemplar en el Presupuesto de Egresos de la Federación, recursos para la implementación de programas anuales y sexenales para el acceso a las tecnologías de la información. Precisar que la prohibición de la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa, será la que directa o indirectamente favorezca intereses partidistas o de titulares de cualquier órgano de gobierno. Establecer que los partidos políticos sólo podrán registrar candidatos a cargos de elección popular, a los integrantes o ciudadanos que participen en sus procesos internos, asimismo, los candidatos ciudadanos independientes podrán postularse únicamente cuando no hayan participado en el proceso de elección interno del partido político que se trate. Establecer que la autoridad electoral podrá suspender las campañas electorales cuando se acredite que el candidato o partido político ha excedido el tope de gastos de precampaña o campaña. Establecer como causa de nulidad de la elección, la violación grave del tope de campaña. Establecer que los partidos políticos podrán solicitar al Instituto Federal Electoral, con base a los tiempos de radio y televisión que les corresponda, la transmisión de mensajes de mayor duración para exponer sus propuestas electorales, así como de solicitar segmentar la trasmisión de éstos en regiones especificas del territorio nacional. Establecer que en los tiempos de radio y televisión que le corresponden al Instituto Federal Electoral, se establecerá una agenda de programas en cadena nacional, entre los candidatos a la Presidencia de la República en los horarios de mayor audiencia, y programas de cobertura regional para las elecciones de Senadores y Diputados. Trasladar a una comisión especial de ciudadanos, la atribución de los Grupos Parlamentarios de presentar a la Cámara de Diputados, propuesta de aspirantes a cubrir el cargo vacante de Consejero Electoral. Adicionar a la transparencia y máxima publicidad, como principios rectores en el ejercicio de la función electoral. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
206   Proyecto de decreto que reforma el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Diputados Alfonso Durazo Montaño y Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Incluir el principio de mensualidad al ejercicio de la función de fiscalización. Establecer la entrega trimestral del avance del informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados, y el 20 de febrero del año siguiente al de su presentación como fecha límite para la entrega del informe final. Incluir dentro de los avances y el informe final del resultado, las auditorías practicadas, los dictámenes de su revisión, los apartados correspondientes a la fiscalización del manejo de los recursos federales por parte de las entidades fiscalizadas a que se refiere la fracción anterior y a la verificación del desempeño en el cumplimiento de los objetivos de los programas federales, así como también un apartado específico con las observaciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación que incluya las justificaciones y aclaraciones que, en su caso, las entidades fiscalizadas hayan presentado sobre las mismas. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
207   Proyecto de decreto que reforma y adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Puntos Constitucionales
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de participación ciudadana, que establezcan la concurrencia de la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias. Desechada (art. 89)
con fecha 31-Octubre-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
208   Proyecto de decreto que expide la Ley General del Sistema Nacional de Participación Ciudadana.


Proponente: Rosas Montero Lizbeth Eugenia (PRD)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Gobernación
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto instaurar las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal, los Municipios y las delegaciones del Distrito Federal para la constitución, integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Participación Ciudadana; así como establecer las normas y principios elementales acorde a los cuales se realizará la participación ciudadana de democracia directa en materias del orden federal. Estatuir un Fondo Municipal de Participación Ciudadana de aportaciones federales que llegue directo a los municipios de los Estados y a las delegaciones del Distrito Federal, para que se ponga a disposición de la ciudadanía, bajo reglas de operación mínimas y simples. Establecer un Sistema Nacional de Participación Ciudadana. Establecer como mecanismos de participación ciudadana el plebiscito; el referéndum; la iniciativa popular; y el presupuesto Participativo, estableciendo en cada caso los requisitos, elementos, tramitación, desarrollo y administración de recursos. Se establecen disposiciones referentes a la iniciativa popular. Aprobada
con fecha 10-Diciembre-2013



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
209   Proyecto de decreto que adiciona los artículos 26 y 29 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y se reforman y se adicionan los artículos 19 y 22 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Proponente: Zárate Salgado Fernando (PRD)


Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
Prever que los Grupos Parlamentarios llevarán cuenta exacta de los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el desempeño de las actividades legislativas, e informarán trimestralmente de su ejercicio a la Junta de Coordinación Política, quien a su vez lo publicará íntegramente en la gaceta parlamentaria. Estos recursos sólo podrán aplicarse a los conceptos para los que fueron asignados, con excepción de lo previsto en el propio Presupuesto de Egresos de la Federación. Desechada (art. 89)
con fecha 21-Agosto-2015



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
210   Proyecto de decreto que expide la Ley Orgánica del Banco Social de México.


Proponente: Bautista Bravo Alliet Mariana (PRD)

Suscrita por los diputados Alliet Mariana Bautista Bravo, Silvano Aureoles Conejo, Agustín Miguel Alonso Raya, Fernando Cuéllar Reyes y Carol Antonio Altamirano (PRD)
Fecha de presentación: 14-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto instituir el Banco Social de México, para apoyar e impulsar a las empresas del sector social y establecer mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica; otorgar crédito de manera sustentable y prestar otros servicios financieros a los integrantes del sector social, procurando su organización y mejora continua; ejecutar los programas que en materia de financiamiento se determinen en el Presupuesto de Egresos de la Federación; promover ante instituciones nacionales e internacionales orientadas a la inversión y al financiamiento, proyectos productivos que impulsen el desarrollo del sector social; operar en coordinación con el Gobierno Federal, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal los programas que se celebren con otras instituciones; apoyar actividades de capacitación y asesoría a los integrantes del sector social para la mejor utilización de sus recursos crediticios; coadyuvar al mejoramiento del sector financiero del país; preservar los recursos de su patrimonio destinados al otorgamiento de créditos; y manejar sus recursos de manera sustentable, eficiente y transparente. Retirada


Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
211   Proyecto de decreto que abroga la Ley en favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado.


Proponente: Larios Córdova Héctor (Senadores)

A nombre de Dip. J. Jesús Oviedo Herrera (PAN)
Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Gobernación
Abrogar la Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado, toda vez que se considera que ha concluido la finalidad por la cual fue creada. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
212   Proyecto de decreto que reforman, derogan y adicionan diversos artículos de la Ley General de Educación; se crea la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y se crea la Ley General del Servicio Profesional Docente.


Proponente: Grupos Parlamentarios (CONJUNTAS)

De los Senadores y Diputados del Grupo Parlamentario del PRD
Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Ley General de Educación. Establecer la prohibición de condicionar la prestación de los servicios educativos a cargo del Estado a la entrega de cualquier tipo de contraprestación en numerario, bienes o servicios. Suprimir al Consejo Nacional Técnico de la Educación del sistema educativo nacional. Crear el Sistema Nacional de Evaluación Educativa y el Sistema Nacional de Información y Gestión Educativa, e incorporarlos al sistema educativo nacional. Eliminar la atribución de la autoridad educativa federal de realizar en forma periódica, exámenes de evaluación para certificar a educadores y autoridades educativas. Adicionar como atribución de las autoridades federal y locales de manera concurrente, establecer escuelas de tiempo completo; regular el Servicio Profesional Docente; y realizar las inspecciones que estimen convenientes a los planteles educativos, entre otras. Establecer que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán los institutos de profesionalización docente. Crear el Servicio Profesional Docente que deberá garantizar la debida transparencia y objetividad en la evaluación de los méritos, e idoneneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. Facultar a la Secretaría de Educación Pública para establecer los lineamientos p expendio y distribución de los alimentos y bebidas dentro de las escuelas. Crear el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con el objeto de coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como de evaluar la calidad, el desempeño y los resultados de éste. Establecer como objetivo del Sistema Nacional de Evaluación Educativa contribuir a garantizar la calidad de los servicios educativos prestados por el Estado. Establecer que en ningún caso, la prestación de servicios educativos podrá ser condicionada a la entrega de aportaciones o cuotas. Considerar como infracciones de quienes prestan servicios educativos, realizar o permitir cualquier acto que condicione el acceso a los servicios educativos a cambio de la entrega de aportaciones o cuotas; y el incumplir con las medidas correctivas derivadas de las visitas de inspección.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y los mecanismos de participación social en materia de evaluación educativa. Establecer los principios para la observancia y aplicación de la presente Ley. Establecer los fines del Sistema Nacional de Evaluación Educativa, así como los elementos que lo integran. Establecer las obligaciones de las autoridades escolares. Prever la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación Educativa. Establecer el objeto y atribuciones del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Ley General del Servicio Profesional Docente. Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto establecer los principios y fines del Servicio Profesional Docente; definir los sujetos del Servicio Profesional Docente; y determinar la estructura y funcionamiento del Servicio Profesional Docente, entre otros. Establecer la distribución de competencias de las autoridades educativas federal y locales. Regular el ingreso, formación, evaluación, promoción y permanencia en el Sistema. Establecer los perfiles requeridos en la educación básica y media superior. Crear el Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente, con el objeto de coordinar y ser el responsable de la implementación de los procesos que conforman el Servicio Profesional Docente y coadyuvar a mejorar el desempeño profesional de los sujetos de este servicio. Establecer la estructura del Instituto Nacional del Servicio Profesional Docente.
Desechada
con fecha 18-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 27-Agosto-2013
213   Proyecto de decreto que adicionan los artículos 45 Bis, 45 Ter, 55 Bis, 55 Ter, 55 Quater y 55 Quinquies de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.


Proponente: Maldonado Hernández Fernando Alfredo (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Transportes
Prever el procedimiento por el cual la autoridad competente pueda disponer de los vehículos abandonados que no son reclamados por quienes tienen derechos a los mismos. Establecer el mecanismo de notificación que la autoridad tiene que llevar a cabo frente a los particulares de vehículos retirados de la circulación. Aprobada
con fecha 16-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
214   Proyecto de decreto que reforma el artículo 37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.


Proponente: Maldonado Salgado José Valentín (PRD)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Distrito Federal
Establecer que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Asamblea, que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación total emitida en el Distrito Federal. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Asamblea, superior a la suma del porcentaje de su votación total emitida más el ocho por ciento. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
215   Proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Educación.


Proponente: Villaseñor Vargas Paloma (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Prever que los servicios educativos procurarán la inclusión educativa de todos los individuos y asegurará una educación de calidad, que debe responder a la diversidad sin discriminación. Establecer que la educación especial para la inclusión comprende los Servicios Escolarizados y los Servicios de Apoyo a Escuelas de Educación Regular. Considerar como infracción de quienes prestan servicios educativos, negar la inscripción, aislar o segregar por motivos de discriminación a las personas con discapacidad. Facultar a las autoridades educativas para realizar los lineamientos para orientar la implementación del currículo nacional en la educación especial para la inclusión. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
216   Proyecto de decreto que reforma el cuarto párrafo del artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.


Proponente: Aquino Calvo Juan Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Incluir al Estado de Chiapas en las entidades consideradas como región fronteriza para efectos y aplicación de la tasa de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
217   Proyecto de decreto que reforma el artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Proponente: Gauna Ruiz de León Celia Isabel (PRI)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Gobernación
Prever que las fórmulas para Diputados y Senadores, tanto de mayoría relativa como de representación proporcional, de propietarios y suplentes deberán integrarse por candidatos del mismo género. En ningún caso incluirían más del 60% de candidatos propietarios de un mismo género. Facultar a los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para expedir las disposiciones legales necesarias para garantizar la equidad de género, con el objeto de armonizar las legislaciones estatales. Pendiente


Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
218   Proyecto de decreto que reforma los artículos 109 y 158 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.


Proponente: Oviedo Herrera J. Jesús (PAN)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Hacienda y Crédito Público
Simplificar el esquema de tributación de los recursos provenientes de las subcuentas para el retiro, gravando como ingresos por intereses los rendimientos generados por la inversión de los recursos existentes en la subcuenta SAR IMSS, SAR ISSSTE y/o RCV (Retiro, Cesantía y Vejez) según corresponda y liberando las aportaciones efectuadas por el trabajador, el patrón y el Gobierno Federal del pago de impuestos en razón de no integrar salario para el trabajador. Aprobada
con fecha 17-Octubre-2013



Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
219   Proyecto de decreto que adiciona un párrafo segundo a la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.


Proponente: Talamante Lemas Dora María Guadalupe (NUEVA ALIANZA)


Fecha de presentación: 20-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Prever que las escuelas de educación básica del país establecerán estrategias de coordinación y vinculación con organismos del sector salud, a fin de que personal técnicamente capacitado coadyuve con la comunidad escolar en la promoción de la salud, brindando la asistencia, acompañamiento o capacitación en temas de alimentación saludable, nutrición y hábitos alimenticios. Retirada


Publicación en Gaceta: 29-Agosto-2013
220   Proyecto de decreto que modifica la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Educación.


Proponente: Monreal Ávila Ricardo (MC)

Suscrita por los Diputados Ricardo Mejía Berdeja y Alfonso Durazo Montaño (MC)
Fecha de presentación: 28-Agosto-2013

  - Educación Pública y Servicios Educativos
Establecer que la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios deberá infundir el conocimiento de la educación alimentaria por medio de la difusión de la información acerca del contenido nutrimental de los alimentos para la toma de decisiones alimenticias saludables. Desechada (art. 89)
con fecha 18-Mayo-2015



Publicación en Gaceta: 30-Agosto-2013
221   Proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 4° de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Proponente: Mejía Berdeja Ricardo (MC)

Suscrita por el Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)
Fecha de presentación: 28-Agosto-2013

  - Derechos Humanos
Considerar como conductas discriminatorias toda distinción, exclusión o restricción por emitir opiniones políticas; así como, el racismo en cualquiera de sus formas conexas de intolerancia y manifestación de las mismas. Desechada
con fecha 18-Febrero-2014



Publicación en Gaceta: 30-Agosto-2013